Tribunales

El Supremo se pronunciará en menos de un mes sobre la Ley del “solo sí es sí”

El Tribunal tiene sentencias sobre la mesa que afectan a abusos sexuales y deberá aplicar la nueva norma y las nuevas penas sentando jurisprudencia

El Tribunal Supremo se pronunciará en las próximas semanas sobre la Ley del “solo sí es sí”al aplicar la nueva norma sobre sentencias que ya tienen los magistrados encima de su mesa. Hasta ahora han sido las audiencias provinciales y los tribunales superiores de justicia de toda España los que están realizando el nuevo recuento de condenas a la baja, pero el Alto Tribunal debatirá cómo adaptar esta Ley y sentará jurisprudencia, según han confirmado varias fuentes jurídicas. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, mostró este miércoles su confianza en los tribunales para resolver el entuerto y unificar doctrina antes de entrar a debatir si la norma debe ser modificada.

La vía para que el Supremo estudie el asunto podría ser doble. Por un lado, si le llegara algún caso de los que se han ido conociendo estos días; reducciones de condena a agresores sexuales al pasar por la nueva horquillas de penas ideada por el Ministerio de Igualdad. Los mismos tribunales que pusieron sentencia son los que están resolviendo estos casos a instancias de las defensas de los condenados o por iniciativa propia de los jueces. Las víctimas o la Fiscalía podrían impugnar esta rebaja de condenas y que el caso llegara al Alto Tribunal, que tiene siempre la última palabra. Pero, por el momento, según las fuentes consultadas ninguno de estos casos ha llegado allí desde que entró en vigor la Ley el pasado 7 de octubre.

Entonces, ¿qué es lo que va a estudiar el Supremo? La segunda vía se trata de sentencias que ya estuvieran puestas antes de que se aplicara la nueva legislación. Jueces que hayan condenado por abuso, violaciones y todo tipo de delitos de violencia sexual y cuyos fallos hayan escalado hasta llegar al Alto Tribunal. Ahora los magistrados de la Sala de lo Penal deben revisar si la condena estuvo bien puesta, como siempre ocurre. Aunque esta vez es distinta porque los togados deberán aplicar en su revisión la Ley del “solo sí es sí” por primera vez y esto supone un cambio sustancial. La Sala que preside Manuel Marchena releerá las condenas con el nuevo Código Penal.

Fuentes jurídicas consultadas explican que la interpretación que hagan en el Supremo podrá arrojar luz al resto de jueces que están aplicando la Ley. La Fiscalía del Alto Tribunal está estudiando ya todos los casos y explorando los márgenes de la normativa y, citadas fuentes todavía no tienen claro si la decisión se tomará en pleno (reunidos todos los magistrados que conforman la Sala para unificar criterio) o lo decidirá el tribunal al que le toque.

Precedentes

El Consejo General del Poder Judicial salió a recordar este miércoles que las normas se aplican siempre de forma retroactiva cuando benefician a los penados. Así que los jueces no tienen más remedio de bajar el listón de cientos de condenas. Y no es la primera vez que ocurre. Fuente jurídicas exponen que, por ejemplo, en 2010 hubo una reforma penal que bajó la pena mínima sobre el delito de transporte de drogas en el aeropuerto a través del cuerpo humano, conocido como “mulas”. El Gobierno presidido por José Luis Rodríguez Zapatero redujo de nueve a seis los años de cárcel mínimos que podía estar en prisión uno de estos condenados y, solo en Madrid, los jueces tuvieron que volver sobre 5.700 ya puestas en firme.

Esto se asemeja a la situación actual en la que muchos juristas lamentan que a la Ley estrella del ministerio de Irene Montero le haya faltado lo que se conoce como la disposición transitoria, es decir, un apartado en el que se ordene cómo y de qué forma deben revisarse las condenas. De ninguna forma hubieran podido evitar que los condenados se beneficiaran de la rebaja porque así se establece específicamente en uno de los pilares del Código Penal (”tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena”), pero sí hubieran podido acotarse los efectos.