
Terrorismo
La Audiencia da diez días de plazo para ingresar en prisión a las dos españolas repatriadas de Siria
El tribunal asume su "error" respecto a Luna Fernández, a quien en septiembre suspendió el cumplimiento de la pena

La Audiencia Nacional ha dado diez días de plazo a las dos españolas que tras ser repatriadas de Siria en 2023 junto a sus hijos fueron condenadas a tres años de prisión por integración en organización terrorista después de que ambas llegaran a un acuerdo con la Fiscalía, que redujo a la mitad su solicitud de condena al aplicarles la atenuante de confesión tardía.
La Sección Cuarta del citado tribunal denegó la suspensión de la condena a Yolanda Martínez Cobos, pero en un principio sí acordó el pasado 9 de septiembre la suspensión extraordinaria durante cinco años de la ejecución de la pena respecto a Luna Fernández. Sin embargo, la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) recurrió esa decisión y la Sala ha rectificado y en un auto al que ha tenido acceso LA RAZÓN ha acordado, con el visto bueno de la Fiscalía, anular su decisión admitiendo que fue «un error concederle la suspensión extraordinaria», dado que la ley prevé esta medida para condenas no superiores a dos años de cárcel.
No obstante, las condenadas puedes interponer un recurso de súplica que paraliza el plazo de ingreso en prisión que ha fijado el tribunal hasta que se resuelva.
En busca y captura si lo incumplen
En ambos casos, la Audiencia les da diez días para que ingresen voluntariamente en prisión para cumplir su condena, advirtiéndoles de que en caso de incumplimiento «se darán las oportunas órdenes de busca, captura e ingreso en prisión».
El tribunal, en una resolución de la que ha sido ponente la magistrada Francisca María Ramis, ha rectificado después de que el abogado de la AVT Antonio Guerrero solicitase la nulidad de esa suspensión extraordinaria del cumplimiento de la pena porque no se había puesto en conocimiento de la acusación popular.
Ahora, la Audiencia Nacional recuerda que el artículo 80 del Código Penal establece que los jueces o tribunales «podrán dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a dos años cuando sea razonable esperar que la ejecución de la pena no sea necesaria para evitar la comisión futura por el penado de nuevos delitos».
«A la vista de la literalidad e imperatividad del artículo 80 del Código Penal», rectifica la Sala, «atendido que la pena impuesta fue de tres años de prisión, sin duda existió un error al concederle la suspensión extraordinaria , que debe ser corregido».
Un año y cuatro meses por cumplir
Las dos yihadistas –que admitieron que viajaron a Siria con «plena voluntad» de integrarse en Daesh y asumiendo el rol reservado para ellas por la organización terrorista, en una visión «radical y extremista» del islam. en la tareas domésticas y la educación de sus hijos. Yolanda Martínez Cobos tuvo cuatro hijos y Luna Fernández tenía a su cargo a ocho menores, aunque solo cuatro eran hijos suyos pues había asumido la custodia de los otros cuatro tras morir sus padres en combate.
Las dos terroristas confesas estuvieron un año y ocho meses en prisión provisional (se encuentran en libertad desde septiembre de 2024) por lo que les restaría de cumplir un año y cuatro meses, aunque podrían acceder al tercer grado cuando sumen en total dos años de privación de libertad.
Sus defensas consideran no obstante que debe computarse también el tiempo que pasaron en el campo de acogida de Al Hawl, controlado por el Ejército sirio, tras la caída de Baguz, el ultimo reducto del autoproclamado Estado Islámico. Pero al no tratarse de un centro penitenciario esa estancia no ha sido tenido en cuenta hasta ahora a efectos de reducir el tiempo de prisión que les queda por cumplir.
Martínez Cobos se casó con el supuesto terrorista de Daesh Omar el Harchi el Fertakh, mientras que Luna Fernández es la viuda del yihadista, ya fallecido, Mohamed el Amin Aabou.
Al acordar su procesamiento, el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz destacó que ambas mujeres solo pidieron ser repatriadas tras la caída de Baguz, el último reducto yihadista en Siria, una vez fueron localizadas en el campo de acogida de Al Hawl, donde habían sido internadas al estar incluidas en el listado de combatientes terroristas extranjeras (foreign terrorist fighters) pues desde el año 2019 estaban en busca y captura internacional por terrorismo.
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