Vigo

Le despiden por pedirse una pizza de la competencia y el juez lo valida como procedente: "es una gran muestra de deslealtad"

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia avala el despido de un camarero que consumió una pizza de la competencia dentro de la pizzería donde trabajaba, un acto considerado de deslealtad hacia la empresa

Le despiden por pedirse una pizza de la competencia y el juez lo valida como procedente: "es una gran muestra de deslealtad"
La sentencia fue contundente al calificarlo como un "gesto deliberado de mala voluntad"Canva

Un camarero que trabajaba en una pizzería de Vigo fue despedido en septiembre de 2023 después de que su empleador descubriera que había pedido una pizza de la competencia directa, y la consumiera de manera visible dentro del establecimiento. La empresa consideró este acto como una grave falta de lealtad hacia el negocio, decisión que ahora ha sido respaldada por la justicia gallega.

El incidente de la pizza no fue el único motivo alegado para el despido. La dirección del local también demostró que el empleado, que llevaba trabajando allí desde marzo de 2022, había falseado su registro horario en dos ocasiones durante el mes de agosto de 2023, anotando horas que no había cumplido realmente.

El recorrido judicial del caso

El trabajador impugnó su despido ante el Juzgado de lo Social número 6 de Vigo, pero este tribunal desestimó su demanda al considerar que la empresa tenía argumentos sólidos para la decisión tomada. Ante esta resolución, el camarero decidió llevar su caso al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, buscando una sentencia favorable.

El TSXG ha confirmado ahora la decisión del juzgado de primera instancia, considerando que existían motivos más que suficientes para un despido disciplinario. Los magistrados destacaron que la falsificación de los registros horarios constituye por sí misma una "transgresión de la buena fe contractual", lo que representa una falta grave.

Respecto al consumo de la pizza de la competencia, la sentencia fue contundente al calificarlo como un "gesto deliberado de mala voluntad". Los jueces consideraron que realizar este acto frente a clientes y compañeros tenía como claro objetivo perjudicar la imagen del local, transmitiendo que el producto de la competencia era superior.

De este modo, la justicia gallega avala que la deslealtad hacia la empresa, materializada en un acto público de apoyo a la competencia, puede ser motivo de despido sin derecho a indemnización. El fallo sienta un precedente sobre cómo ciertas conductas aparentemente menores pueden ser interpretadas como un daño activo a los intereses comerciales del empleador.