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Asesinato

Veintiocho años por violar y asesinar a una mujer mientras paseaba sola en Cabanas (A Coruña)

El Tribunal del Jurado declara probado que Roger Rodríguez actuó con alevosía y ánimo de matar: la abordó por la espalda, la violó en una zona apartada y la apuñaló tres veces

El acusado, durante el juicio. EUROPAPRESS

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a 28 años de prisión a Roger Serafín Rodríguez, acusado de agredir sexualmente y asesinar, el 1 de septiembre de 2013, a Elisa Abruñedo, de 46 años y natural de Cabanas.

El veredicto, emitido por unanimidad por el Tribunal del Jurado, declara probado que el acusado atacó a la víctima de forma sorpresiva, la condujo hasta una zona de arbolado para evitar ser visto y la mató tras violarla, apuñalándola con un arma blanca en zonas vitales. En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a los dos hijos de la víctima con 150.000 y 110.000 euros, respectivamente.

Los hechos probados describen una secuencia de violencia premeditada y brutal. La mujer había salido a pasear, sola, por las inmediaciones de su domicilio cuando, entre las 20.45 y las 21.00 horas, fue vista por el acusado, que conducía su vehículo por la carretera local en dirección a Fene.

Tras detectarla, estacionó mal su coche en un camino vecinal y se dirigió a pie hasta el lugar donde ella caminaba. La abordó por la espalda, la sujetó con fuerza, le golpeó la mandíbula y la arrastró unos 17 metros hasta una zona de vegetación baja, donde no pudiera ser visto ni identificado.

Una vez en ese espacio apartado, el acusado desnudó parcialmente a la víctima y la penetró vaginalmente, eyaculando en su interior. Después, con la intención de acabar con su vida, le asestó tres puñaladas: una en el cuello, que seccionó el anillo traqueal, y dos en el torso, una que alcanzó el pulmón y otra que perforó el corazón. La mujer no tuvo posibilidad de defenderse: según el informe forense y el análisis del jurado, estaba aturdida y desvalida tras el primer golpe y el arrastre, y no presentaba heridas defensivas en las manos.

El cuerpo presentaba además numerosas lesiones: equimosis, excoriaciones, hematomas y erosiones en cabeza, cuello, brazos, piernas y genitales, compatibles con el uso de la fuerza y el arrastre violento. Tras consumar el crimen, el acusado abandonó el lugar campo a través hasta regresar a su vehículo. No fue detenido hasta diez años después, el 17 de octubre de 2023.

El Tribunal del Jurado apreció que el ataque fue sorpresivo, aprovechando la soledad de la víctima, la baja afluencia del entorno y el ocultamiento del lugar elegido para la agresión. Además, destacó la superioridad física del acusado, una persona corpulenta frente a una mujer de 1,60 metros, y el uso de un cuchillo de unos 9 centímetros de hoja, lo que confirma la “alevosía sorpresiva”, clave para la calificación del delito como asesinato.

El condenado deberá cumplir 20 años por asesinato y otros 8 por agresión sexual. A estas penas se suman la inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena, la prohibición de ejercer cualquier profesión con contacto directo con menores durante 14 años y la imposición de una medida de libertad vigilada por siete años y medio tras su paso por prisión.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.