Jubilación

Otra Justicia

La Razón
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En un momento como el actual todo está en revisión, y la Justicia como organización no puede quedar ajena a este proceso. El derecho a obtener tutela judicial efectiva es un derecho básico en una democracia, y ello siempre que ésta la dispensen jueces independientes y responsables, estando esto último asegurado en España. Pero la cuestión es si ello se hace en unos términos económicos aceptables no sólo para una situación económica como la actual, sino con carácter permanente. Desde hace tiempo, algunos hemos venido trabajando en el cálculo de los costes de la Justicia. El coste de la Justicia es un tema directamente relacionado con el acceso a la jurisdicción y precisamente de este coste depende conseguir que el acceso a la misma esté abierto a todos, y además que se dispense una tutela eficaz, como diría Mauro Cappelletti, «Un sistema para servir a gente común que debe caracterizarse por ser barato, tener poco papeleo, ser rápido, con jueces activos que empleen expertos legales y técnicos». En los estados liberales, el derecho a litigar o a defenderse se consideraba como un derecho natural que no exigía una acción estatal afirmativa, y por lo tanto no era una preocupación del Estado. Pero cuando los derechos humanos comenzaron a ser reconocidos se determina que el Estado debe asumir el coste de alguno de estos derechos fundamentales, y por ello se cambia la actitud pasiva del Estado por una acción afirmativa del mismo que asegure el disfrute de esos derechos, entre ellos el del acceso a la Justicia. Ahora bien, el problema del coste preocupa y se va haciendo más patente a medida que la sociedad se hace cada vez más dinámica, el ordenamiento jurídico más complejo y crece el índice de religiosidad. La cuestión ya no es prestar el servicio de administrar la Justicia y su coste, sino también la forma justa y razonable en que ese coste debe distribuirse entre los ciudadanos. Es obvio que el Estado no puede prestar un derecho universal a la Justicia gratuita, y debe gestionar los recursos de una forma no sólo justa, sino eficiente, porque la Justicia no se mide día a día, sino con perspectiva histórica. Hoy cada vez se hace más necesario racionalizar el coste de la Justicia no sobre la base reducir y limitar el acceso a los tribunales, sino sobre la base por un lado de conseguir que la Justicia gratuita alcance sólo a pleitos sostenibles, y no a caprichos o consecuencias necesarias del incumplimiento de obligaciones, y por otro, generando y potenciando sistema de composición de conflictos ajenos a los tribunales. En la primera línea, se debe incentivar la responsabilidad del profesional del derecho a la hora de calificar una pretensión como sostenible, y restringir el uso de la Justicia gratuita a quien realmente la necesita, y no a situaciones de abuso como las que vivimos en la actualidad. Otro de los caminos a explorar es la extensión de las tasas judiciales que actualmente pagan la personas juridicas a las personas físicas, tal como se produce en Alemania y en otros muchos países europeos. La adopción de las tasas no tiene por qué limitar el acceso a la Justicia de quienes carecen de medios, cuyas necesidades se satisfacen de forma más eficiente con la prestación por Justicia gratuita. Las tasas tienen un papel racionalizador de los litigios y del gasto en justicia. El principio general que opera en nuestras sociedades conlleva que, si el disfrute de un beneficio por un usuario supone un coste, el usuario pague un precio para compensar ese coste. Esto es socialmente adecuado; desincentiva un consumo excesivo y evita la injusticia de que otros paguen por ello. No se trata de ahorrar, ni de limitar derechos, sino de optimizar los recursos existentes para llegar al máximo de las posibilidades de actuación mediante la técnica de compartir recursos. Tenemos que tener en cuenta que alguien que comete un hurto de 30 euros en un supermercado ocasiona un coste a la comunidad de 1.500 euros, que es lo que cuesta el juicio de faltas a que da lugar; alguien que deja de pagar una factura y determina una reclamación judicial causa un coste a las arcas públicas de tres mil euros, que es lo que cuesta un juicio verbal, y así podemos seguir sumando. La Justicia como organización no limita el número de actuaciones ilegales, o el número de deudores, pero sí puede racionalizar su tratamiento ante la misma. Para ello debemos tener claro que el coste directo de la Justicia, esto es el sistema, es el mayor y sobre el mismo tenemos que actuar, intentando reducir el número de asuntos planteados ante los tribunales, y ésta debe ser la prioridad. Ello también supone que los ciudadanos sean conscientes del coste que se produce al sistema cuando generan de forma caprichosa, y son muchos, procedimientos evitables.