Becas

Los alumnos no serán discriminados por obesidad y apariencia

Los alumnos tienen derecho a no ser discriminados por orientación sexual e identidad de género, condición idiomática o lingüística o apariencia, sobrepeso u obesidad, entre otras razones, según el Estatuto del Estudiante Universitario, aprobado hoy por el Consejo de Ministros.

Regulado por Real Decreto, será de aplicación tanto en universidades públicas como privadas y prevé la constitución de un Consejo de Estudiantes Universitarios del Estado, que servirá para que los alumnos participen en el diseño de los programas estatales de becas y ayudas al estudio, entre otras funciones.

El Consejo estará presidido por el ministro de Educación y formado por 88 representantes de los estudiantes universitarios, entre otros miembros.

Sobre la movilidad de los estudiantes, el documento apunta que la administración central y las autonómicas podrán promover "contratos programa"u otras fórmulas con las universidades para financiar las ayudas para los alumnos que completen estudios en centros diferentes del habitual.

Las universidades podrán establecer mecanismos de "compensación"por materias y formar tribunales que permitan enjuiciar la trayectoria académica y labor de un estudiante en su conjunto para decidir si posee los conocimientos y competencias suficientes como para obtener el título al que opta.

Corresponde al rector de cada universidad las decisiones relativas al fomento de la convivencia y el respeto de derechos y deberes de los miembros de la comunidad universitaria.

Entre otros derechos de los alumnos, se cita la participación en el "diseño, seguimiento y evaluación de la política universitaria".

También que se les facilite la conciliación de los estudios con la vida laboral y familiar y el ejercicio de los que corresponden a las víctimas de violencia machista.

Además, el reconocimiento académico de los conocimientos, competencias o experiencia profesional adquiridos previamente a los estudios que estén cursando, y de la participación en actividades culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación.

Otros derechos son la propiedad intelectual de sus trabajos y el disfrute de las becas y ayudas nacionales y de las propias de las universidades en todo el territorio nacional.

Los programas de becas y ayudas atenderán a los principios de suficiencia y equidad y promoverán el aprovechamiento académico.

Las universidades establecerán los recursos y adaptaciones para que los estudiantes con discapacidad puedan ejercer los derechos en igualdad de condiciones, sin disminución del nivel académico exigido.

Entre los deberes, se menciona respetar a los miembros y bienes de la comunidad universitaria y de las entidades colaboradores, así como los actos académicos y sus participantes "sin menoscabo"del libre ejercicio de expresión y manifestación.

El estatuto es una previsión de la reforma de abril de 2007 de la Ley Orgánica de Universidades, que daba un año al Gobierno para aprobarlo.