Sevilla

La ley del «enchufe» se quiebra: cae la Agencia de Dependencia

Los colectivos de funcionarios siguen acumulando decisiones favorables de los tribunales ante su lucha contra el decreto
Los colectivos de funcionarios siguen acumulando decisiones favorables de los tribunales ante su lucha contra el decretolarazon

Sevilla- Es un goteo que no cesa, pero los tribunales de justicia están desmontando el decreto de reordenación del sector público. La ley del «enchufismo» parece que no se desarrollará como estaba prevista. El PP ya ha garantizado que si llega a la Junta la eliminará. Ayer, con sorna, el secretario general de los populares andaluces, Antonio Sanz, decía que a este ritmo la Justicia «no nos va a dejar nada por derogar». Y eso era antes de que trascendiera la última sentencia: el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha suspendido cautelarmente la integración del personal procedente de la Fundación Andaluza de Servicios Sociales y la Fundación para la Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social en la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.

El TSJA anula la previa resolución dictada por el Juzgado de los Contencioso Administrativo número 8 de Sevilla del pasado 3 de junio, que desestimaba la petición cautelar de suspensión instada por varias asociaciones de funcionarios representadas por el bufete Mariano Aguayo Abogados.

Como en otros casos, la argumentación jurídica se apoya, principalmente, en la sentencia dictada por esa misma sección del 2 de noviembre que acordaba anular la disposición adicional segunda del decreto 103/2011, que contenía el régimen de integración de personal del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras en la Agencia de Instituciones Culturales. Es la que inició el proceso y desde entonces han ido cayendo una tras otra: la Agencia de Empleo, de Obra Pública, del Conocimiento...

En el procedimiento que ha impulsado las decisiones en cascada, el TSJA estimaba que el régimen de integración de aquellas entidades en las agencias «no respetaba los principios básicos de acceso a la función pública, esto es, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, vulnerándose, de ese modo, los artículos 14 y 23.2 de la Constitución, así como la normativa que los desarrollan, lo que supone un desprecio al Estado de Derecho».

Ahora, el TSJA apunta que «parece lógico que adoptemos la medida cautelar solicitada». La Junta, mientras, sigue sin aclarar cómo va a cumplir las sentencias.