Política

Lo que hay que saber sobre una moción de censura

El PP no tiene apoyos suficientes para sacar adelante, hoy por hoy, una mocion de censura. Puede presentarla cuando quiera, sólo requiere la firma de 35 diputados, pero el reglamento le obliga a presentar un candidato alternativo, y que éste obtenga la mayoría absoluta de la Cámara, 176 votos. El PP no suma ni siquiera con PNV, CiU y CC.

Lo que hay que saber sobre una moción de censura
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- ¿Qué se requiere para presentar una moción de censura?
–El artículo 175 de Reglamento del Congreso dice que deberá ser propuesta, al menos, por la décima parte de los diputados, en escrito motivado a la Mesa, y deberá proponer un candidato alternativo que haya aceptado la candidatura.

- ¿Puede presentarse más de un candidato alternativo?
–Sí, dentro de los dos días siguientes a la presentación de la moción de censura, los grupos parlamentarios podrán presentar mociones alternativas y éstas deberán reunir los requisitos exigidos en el mismo artículo 175.

- ¿Cuántas votaciones requiere la moción de censura?
–Si se presentase más de una moción de censura, el presidente de la Cámara, oída la opinión de la Junta de Portavoces, podrá acordar el debate conjunto de todas las incluidas en el orden del día, pero habrán de ser sometidas a votación por separado, siguiendo el orden de su presentación.

- ¿Qué mayoría se requiere para ganar una moción de censura?
–La aprobación de una moción de censura requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.

-¿Cuándo sería investido el nuevo presidente?
–Cuando el Congreso de los Diputados aprueba una moción de censura, su Presidente lo pone inmediatamente en conocimiento del Rey y del presidente del Gobierno. El candidato a la Presidencia del Gobierno incluido en aquélla se considerará investido de la confianza de la Cámara, a los efectos previstos en el artículo 99 de la Constitución.

- ¿Qué diferencia hay entre una moción de censura y una moción de confianza?
–La primera la promueven los grupos de la oposición, la segunda la presenta el presidente del Gobierno, previa deliberación en Consejo de Ministros, y puede versar sobre su programa o sobre una declaración de política general. Finalizado el debate, la propuesta de confianza será sometida a votación, que nunca se celebrará antes de que transcurran 24 horas desde su presentación. La confianza se entenderá otorgada sólo con el voto de la mayoría simple (más votos favorables que en contra) de la Cámara. Si no la logra, debe convocar elecciones.