Elecciones en Egipto
Un tribunal egipcio ordena suspender la convocatoria de elecciones
Un tribunal egipcio ordenó hoy suspender la convocatoria de las elecciones legislativas, que deberían comenzar el próximo 22 de abril, para que la ley electoral sea examinada de nuevo por el Constitucional.
Un tribunal egipcio ordenó hoy suspender la convocatoria de las elecciones legislativas, que deberían comenzar el próximo 22 de abril, para que la ley electoral sea examinada de nuevo por el Tribunal Constitucional, informaron a Efe fuentes judiciales.
El fallo suspende de esta forma el decreto emitido por el presidente egipcio, Mohamed Mursi, en el que convocaba las elecciones, aunque las decisiones de esta corte son apelables.
En su resolución, un tribunal del Consejo de Estado (máximo órgano de la justicia administrativa) considera que la ley electoral es inconstitucional, por lo que la traslada ante el Tribunal Constitucional Supremo para su examen.
Según la edición digital del diario oficialista "Al Ahram", el tribunal pone en duda la constitucionalidad del artículo 2 de la ley electoral.
Esta norma ya fue examinada por el Constitucional, que expuso una serie de reservas sobre ciertos artículos y la devolvió a la cámara alta del Parlamento para que introdujera los cambios necesarios.
Pese a esas reservas, la tramitación parlamentaria siguió adelante y se aprobó la ley.
De acuerdo con un decreto presidencial del pasado 23 de febrero, las parlamentarias, que serán boicoteadas por la oposición no islamista, comenzarán el próximo 22 de abril y se desarrollarán en cuatro fases, la última de las cuales se celebrará a finales de junio.
En estos comicios se elegirá una nueva cámara baja, después de que la anterior -constituida en enero de 2012 y dominada por los islamistas- fuera disuelta por orden judicial el año pasado por irregularidades en su composición.
En mayo de 2012, un tribunal administrativo ya ordenó suspender la convocatoria de las elecciones presidenciales, aunque ese fallo fue anulado días después por el Tribunal Supremo Administrativo.
En aquella ocasión, la corte consideró que la Comisión Suprema Electoral carecía de las competencias necesarias para convocar los comicios.
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