Política

Andalucía

La Junta «cuela» en el decreto-ley de inundaciones un «guiño» a los interinos

El Sindicato de Funcionarios considera «inconstitucional» una medida que sortea la bolsa de trabajo

Las inundaciones en las provincias de Sevilla y Málaga han sido la «excusa» para prorrogar la situación de funcionarios interinos en la administración durante doce meses / Foto: Efe
Las inundaciones en las provincias de Sevilla y Málaga han sido la «excusa» para prorrogar la situación de funcionarios interinos en la administración durante doce meses / Foto: Efelarazon

El Sindicato de Funcionarios considera «inconstitucional» una medida que sortea la bolsa de trabajo

A un mes de las elecciones, la Junta de Andalucía ha hecho otro «guiño» a un colectivo de trabajadores de la administración. En este caso, a funcionarios interinos. Y lo ha realizado a través de un procedimiento que desde el Sindicato Andaluz de Funcionarios consideran «inconstitucional». El Decreto-ley 4/2018, de 30 de octubre, por el que se declaran de interés general las obras de reparación de los caminos rurales en los casos de fenómenos meteorológicos adversos, desastres naturales y otras catástrofes acaecidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía esconde una sorpresa. Una Disposición Final Primera relativa al «plazo máximo de duración del nombramiento del personal interino para la ejecución de programas de carácter temporal financiados por Fondos Europeos».

El texto en cuestión se limita a reproducir un artículo –en concreto el 10, apartado 1, párrafo c)–, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre en el que señala que «el personal funcionario interino nombrado para la ejecución de programas de carácter temporal cuya financiación provenga de fondos de la Unión Europea, así como los que tengan por objeto la prevención y lucha contra el fraude fiscal o el control, verificación y justificación de fondos de la Unión Europea, en los términos y con las condiciones establecidos en la normativa que le resulte de aplicación, tendrá una duración máxima de tres años ampliable hasta doce meses más».

El vicepresidente del Sindicato Andaluz de Funcionarios y presidente provincial en Granada, Bruno Alejandro García Valdecasas, considera que «carece de motivación introducir en una Disposición Final de un Decreto referente a obras de reparación por catástrofes naturales (y la posible financiación de las mismas con Fondos Europeos), el desarrollo por parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la duración máxima de la interinidad prevista en el artículo 10.1.c) del TREBEP, el cual debe hacerse, por imponerlo la legislación básica del Estado, por la futura Ley de Función Pública Andaluza».

A su juicio, «es evidente que un Decreto Ley por el que se declaran de interés general las obras de reparación de los caminos rurales, no es la Ley de Función Pública Andaluza, por lo que le está vetado hacer esa regulación y, por tanto, incurso en causa de inconstitucionalidad por estar incumpliendo la legislación básica estatal en la materia».

García Valdecasas recuerda que la posibilidad de ampliación «deben fijarlo las leyes de función pública de cada Comunidad Autónoma, cosa que no ha hecho aún Andalucía, que mantiene vigente la Ley 6/1985, por lo que el plazo máximo es de tres años». Por ese motivo, la Junta de Andalucía, con ese Decreto-Ley, «está entrando a regular una materia que le está vetada por corresponder a la futura nueva Ley de Función Pública de Andalucía y, además, lo hace sin motivo alguno, pues en nada afecta la duración de una interinidad a la normal tramitación de cualquier eventual».

El Sindicato Andaluz de Funcionarios considera que «carece de sentido la necesidad de realizar el desarrollo legislativo en este Decreto Ley, pues no existe relación alguna entre el contenido del Decreto Ley (aun cuando existan ayudas financiadas con cargo a la Unión Europea), ya que cuando finaliza una interinidad, se debe volver a llamar de la bolsa de interinos».

El objetivo final que subyace tras esta medida «bien podría obedecer a motivos electoralistas al suponer que el personal interino con cargo al artículo 10.1.c del TREBEP de todas las Consejerías (Empleo, Igualdad, etc), podría ver ampliada la duración de su interinidad en doce meses más en caso de que esté próximo su vencimiento».

Convalidado por todos los partidos en la Cámara

Las próximas elecciones han hecho que los plazos para la aprobación de este decreto-ley se hayan acelerado. Apenas ha habido tiempo para que el SAF trasladara su inquietud a los grupos políticos y el jueves el texto fue convalidado por en la Diputación Permanente del Parlamento.