Palencia

Quince meses de cárcel por dejar morir de hambre a casi tres mil gallinas

La Audiencia de Palencia ratifica la condena de prisión por un delito continuado de maltrato injustificado a animales domésticos o amansados

Granja de gallinas/Foto: Reuters
Granja de gallinas/Foto: Reuterslarazon

La Audiencia Provincial de Palencia ha confirmado la condena a 15 meses de cárcel por un delito continuado de maltrato injustificado al encargado de una granja por dejar morir de hambre a 2.882 gallinas.

La Audiencia Provincial de Palencia ha confirmado la condena a 15 meses de cárcel por un delito continuado de maltrato injustificado a animales domésticos o amansados al encargado de una granja por dejar morir de hambre a 2.882 gallinas en una granja de Palencia. Además, el tribunal inhabilita al condenado, que era el encargado pero no el dueño de la granja, durante dos años y un mes para ejercer cualquier profesión relacionada con animales y para la tenencia de animales en el sector avícola.

La Sala rechaza que se haya vulnerado su derecho a la presunción de inocencia ni que se hubiese producido un error en la valoración de la prueba. El condenado esgrimía, además, que su actuación estuvo motivado por una orden verbal del propietario de la granja para no alimentar a las gallinas en la fase final de su proceso productivo. La Sala rechaza ese argumento y señala que, en todo caso, de haberse producido esa orden verbal, “debió haberla solicitado por escrito, dada su manifiesta ilegalidad”y, además, en ningún momento el acusado requirió al dueño para que comprara pienso, ni le manifestó que no tuviera ese producto para alimentar a los animales. Ello implica que, señala la sentencia, «mientras se solucionaba el tema de su ordenado sacrificio, en ningún caso era admisible, ni aceptable, la falta de alimentación durante varios días de los animales y la causación de su muerte de forma cruenta y con un sufrimiento innecesario»

Además, incide el tribunal al respecto, esa supuesta orden de no alimentar a las gallinas sería una «orden de contenido delictivo»,y, por lo tanto, «debía haber sido al menos objetada por el acusado y debían haberse buscado alternativas a la radical decisión de no alimentar a las gallinas con el consiguiente e innecesario sufrimiento».

Y, junto a ello, los magistrados señalan que el acusado «no era un simple empleado sin poder de decisión y sin facultad de gestión», sino que, por el contrario, dada su condición de encargado de la granja, «tenía un dominio funcional del hecho frente a terceros y siempre aparece con bastante capacidad de gestión y decisión».

La conclusión a la que llega la Audiencia de Palencia es clara y rotunda: “Dado que había pienso y podía haber alimentado a las gallinas, al menos mientras se buscaba una solución para su sacrificio en debida forma. Puede que en las fechas de los hechos no hubiere liquidez por parte de la propiedad para afrontar el gasto del sacrificio, pero lo cierto es que la propiedad había comprado y compraba pienso, como acredita la prueba documental”. Todo ello implica que si había pienso y las gallinas podían ser alimentadas, «la decisión de no alimentarlas derivó de quien tenía a su cargo directo y efectivo la granja y que no era sino el acusado».