Majadahonda
La Sección del TSJM que suspendió la externalización avala la gestión indirecta
La controvertida decisión del Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM de devolver los recursos sobre la externalización sanitaria de seis hospitales regionales a sus juzgados de origen, adoptada hace apenas cuatro días, promete alargar el conflicto a lo largo de los próximos meses. El acuerdo de los 44 magistrados reunidos el jueves frustró la posibilidad de dar una respuesta unificada a la controversia existente alrededor de la gestión de estos centros hospitalarios, –de Parla, Aranjuez, San Sebastián de los Reyes, Arganda, Coslada y Vallecas–, después de que a lo largo de 2013 las secciones Tercera y Octava de esta Sala emitieran resoluciones contradictorias: mientras que la Sección Tercera suspendió cautelarmente el proceso de adjudicación, la Sección Octava no apreció motivos para ello.
Un contexto de confusión al que ahora se añade otra sentencia dictada por el propio TSJM el pasado 13 de diciembre. En este fallo, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, la Sección Tercera del tribunal –la misma, por tanto, que impuso las medidas cautelares– avala la gestión indirecta, en este caso, de la Fundación Jiménez Díaz, como fórmula para prestar atención sanitaria dentro del modelo público y con intervención de una empresa privada. La sentencia desestima el recurso presentado por un grupo de trabajadores que prestaban sus servicios en el Centro de Especialidades de Pontones –antiguo ambulatorio de Hermanos Miralles– contra el acuerdo firmado en 2006 entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Jiménez Díaz. Como consecuencia de ese acuerdo, esos trabajadores fueron trasladados a otros hospitales y centros de salud, ya que los de los centros de Especialidades de Pontones y Quintana pasaron a formar parte de la esfera funcional del hospital. Así lo defiende el fallo judicial al argumentar que ello «garantizaba que la atención sanitaria especializada prestada por la Fundación a la población fuera integral y continua».
El acuerdo firmado entre la Fundación Jiménez Díaz y la Comunidad en 2006 se produjo tras el traslado del Hospital Puerta de Hierro a su actual ubicación en Majadahonda. Ello obligó a la Consejería de Sanidad a reasignar a la población que atendía el Puerta de Hierro. La sentencia también sostiene a este respecto que la decisión del Gobierno autonómico fue la acertada ya que la «Fundación Jiménez Díaz era el centro más adecuado para responsabilizarse de la atención especializada integral y completa de esta población al tener ya un concierto suscrito con el Sermas y haber desmostrado sobradamente su capacidad para resolver las necesidades de la atención especializada así como su implicación y compromiso con el Sistema Sanitario Público». La Sección, por tanto, entiende como «lógica» la integración de los centros de especializadas en la estructura del hospital.
En el actual contexto de discusión en torno al modelo de gestión indirecta, esta sentencia de la Sección Tercera viene a recordar que el centro hospitalario de la Fundación Jiménez Díaz viene prestando asistencia sanitaria desde 1954 «en virtud de sucesivos conciertos que han ido actualizándose regularmente, siendo a partir de 1993 cuando el hospital quedó vinculado al sistema público». Recuerda el fallo que el concierto con la Comunidad se ajusta a la letra de la Ley General de Sanidad de 1986 y a lo que recoge también la Ley de Ordenación Sanitaria de 2001.
En noviembre de 2012, coincidiendo con el día en el que la Fundación Jiménez Díaz incorporó los dos centros de Especialidades a su esfera funcional, los trabajadores reubicados del de Pontones aseguraron que habían sido «desahuciados» de su clínica, y auguraron que «la Consejería va a cerrarlo y abandonar a sus pacientes». Un año después, sin embargo, la Justicia da la razón a Sanidad y avala el acuerdo.
El pasado mes de septiembre fue esta Sección Tercera la que paralizó el proceso de adjudicación de los seis hospitales regionales que la Comunidad pretendía externalizar como parte de su plan de sostenibilidad del sistema sanitario incluido en los Presupuestos de 2013. Ordenó la suspensión cautelar al estimar un recurso presentado por el sindicato AFEM. Con su decisión del mes de septiembre, el TSJM suspendió la Resolución de 30 de abril de 2013 de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria de Sanidad, que convocaba concurso para el contrato de servicios denominado «Gestión por concesión del servicio público de la atención sanitaria especializada correspondiente a los hospitales universitarios «Infanta Sofía», «Infanta Leonor», «Infanta Cristina, del Henares del Sureste y del Tajo"». Esa resolución llegó después de que el propio TSJM avalara en el mes de julio el proceso de adjudicación de los seis centros hospitalarios al desestimar un recurso planteado por el Partido Socialista de Madrid.
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