Historia
¿Quiénes fueron los corregidores del Siglo de Oro? (II)
Eran hombres respetados y debían hacerse respetar. Su aspecto era grave y el decoro debía acompañar todas sus acciones
El Corregidor era, por todo ello, un hombre respetado y debía hacerse respetar. Su aspecto, en general era grave, recto y serio. El decoro debía acompañar todas sus actuaciones, todas sus acciones. Obviamente, habida cuenta de su categoría, su prudencia, su valor, de ninguna manera votaba en secreto, al contrario, tenía la grandeza de hacerlo públicamente para que todos supieran cuáles sus intenciones y que no tenía ninguna malicia en sus propuestas. Los regidores tampoco votaban en secreto (esto del voto secreto es súper-democrático y en muchas ocasiones también refugio de traidores).
Y si por si acaso eso no era poco, además, al acabar su mandato eran sometidos –como otros muchos más oficiales reales– a un «Juicio de residencia», esto es a un examen que normalmente lo hacía el sucesor en el que se analizaba cómo había ido su gestión. Los juicios de residencia son espectaculares: declaraban en ellos los que se hubieran sentido agraviados por el saliente; declaraban los regidores y, en fin, se analizaba con más o menos detalle la vida política y social del Corregidor. Si el juicio tenía alguna mácula, ya podía empezar el calvario de las defensas.
Hoy no hay juicios de residencia. No es democrático.
Ni temor de Dios.
Otra de las curiosidades (¿curiosidades?, ¡no, es mucho más serio!) de esto de los corregidores es que como eran oficios que administraban justicia, nunca, nunca, se vendió un cargo de Corregidor, mientras que los demás oficios de la Monarquía, de pluma, dinero y poder (sobre todo regimientos, secretarías y oficios de contadores) se vendieron a miles, generándose así una plutocracia urbana agradecida a la Monarquía. Pero todo esto es harina de otro costal. Lo de pluma, poder y dinero es clasificación clásica hechas por Tomás y Valiente. A ella me gusta añadir que también se vendieron oficios cortesanos (por ejemplo, mozos de espuelas de la reina, etc.). En Francia se vendieron plazas de jueces. Hoy ya no pasa nada de esto. Afortunadamente. Si se fuera a hacer, saldrían a la calle por su dignidad para que no se les mancharas las togas de barro.
El oficio de Corregidor se detentaba durante un año. Pero como el tiempo pasa volando, lo normal era que estuvieran más tiempo.
Así que no sería raro encontrarnos a un joven abogado nombrado por la Cámara de Castilla, Corregidor de una localidad de segunda fila, o Teniente. Pasaría a un Corregimiento más importante, y luego acaso a una fiscalía de una Audiencia, y vaya usted a saber si no en Indias y seguiría progresando con una aspiración, llegar en edad madura (alrededor de los sesenta años) a ser miembro de algún Real Consejo, en especial del Consejo de Castilla. Los militares tenían más o menos otro cursus honorum; los graduados en derecho canónico otro, y así la lógica del saber se entremezclaba con la lógica de la función.
Desde hace un tiempo tengo preparada una base de datos de todos los Corregidores de la Corona de Castilla desde 1569 a 1605. En total, 965 fichas. Puedo dar un avance de ese trabajo aquí: en Madrid, desde el 17 de mayo de 1569 al 6 de mayo de 1602 hubo ocho corregidores. Así que ninguno estuvo un año, sino que lo habitual fue que rondaran los tres o cuatro al frente del Ayuntamiento.
Fueron don Antonio de Lugo, Lázaro de Quiñones, el licenciado Martín de Espinosa, don Luis Gaitán de Ayala, don Alonso de Cárdenas, don Luis Gaitán (de nuevo), don Rodrigo del Águila, mosén Rubí de Bracamonte y el licenciado Silva de Torres, que es el que se llevó y se trajo la Corte a Valladolid.
La relación anterior sirve para ver que en la Corte de Su Majestad, en la Villa con Corte, en donde había que convivir con otra institución pegajosa y palatina dependiente directamente del Consejo de Castilla, o mejor dicho, parte del Consejo de Castilla (la Sala de Alcaldes de Casa y Corte) hubo Corregidores de capa y de espada, indistintamente porque al nombrarlos, según su fama, su cursus honorum y el conocimiento que de ellos se tuviera, se confiaba lo mismo en el linaje, como en las Universidades. Y es que las Universidades servían para la promoción de gentes de humildes orígenes. En la España de Felipe II.
En fin, el protocolo de la toma de posesión era simple, al tiempo que solemne. En las actas de cualquier ayuntamiento se puede leer cómo llegado el día, ante el pleno municipal –o como ellos decían en Madrid, «la Villa»–, con el corregidor saliente presente, se leía el nombramiento del entrante, en el que se especificaban todas sus funciones, para terminar instándole a hacer el juicio de residencia al anterior. Este, a su vez, entregaba la vara de justicia que le recogía el nuevo, hacía sus primeros nombramientos y el ayuntamiento daba por aceptado el nombramiento poniendo los regidores sobre sus cabezas la real provisión de turno.
Para la redacción de las líneas anteriores he manejado documentación de los archivos Histórico Nacional, General de Simancas y de Villa de Madrid.
Las «Instrucciones» de Palamós de 1543, empezaban con una exhortación de Carlos V a su hijo Felipe que tenía 16 años, que si hoy las leyeran se les debería caer la cara de vergüenza:
«Primeramente le encargo cuanto puedo, que tenga especial cuidado de la administración de la Justicia»..
Alfredo Alvar Ezquerra es profesor de investigación del CSIC
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