Tráfico

La DGT intensifica el control sobre los coches “zombis”

De acuerdo con los empresarios del sector del desguace y reciclaje, Aedra, regulará de forma más estricta el control de este tipo de vehículos para evitar usos irregulares

Vista del tráfico en el Paseo de la Castellana a la altura de Plaza Castilla en Madrid
Vista del tráfico en el Paseo de la Castellana a la altura de Plaza Castilla en MadridJ.J. GuillénEFE

La DGT ha comenzado a enviar a los titulares de vehículos que estén de baja una comunicación, desde que se anota la baja temporal, informándoles sobre su situación legal y los problemas en los que puede incurrir si su coche fuese mal utilizado. Se pretende, de esta forma, terminar con los llamados “coches zombis”, como se denominan a los vehículos que siguen circulando y que, al estar dados de baja, no pasan ITV ni cumplen con otras normativas.

Esta medida era una de las peticiones que venían reclamando desde tiempo atrás la asociación Aedra, que reúne a los empresarios del sector de desguace y reciclaje de automóviles. Se pretende así evitar el abuso en la utilización de bajas temporales de vehículos. La primera medida en este aspecto consistirá en enviar al titular del vehículo una comunicación, en el momento en que se anote la baja temporal, informándole acerca de su situación legal. De esta forma, la DGT pondrá en guardia a los propietarios de los vehículos para evitar que sean objeto de engaño y a los infractores les informará de sus responsabilidades.

Los empresarios asociados a Aedra consideran que esta iniciativa es un primer paso, decisivo para erradicar esta problemática, aunque consideran imprescindible seguir trabajando para que el futuro Reglamento de Vehículos recoja una completa y adecuada regulación de las bajas temporales. Para ello proponen que una baja temporal sea realmente temporal. Es decir, que transcurridos uno o dos años de su puesta en marcha se reactive el alta de forma automática, generando el correspondiente Impuesto de Circulación. Asimismo insisten en que la baja temporal no exceda de un periodo concreto, que no implique la exoneración total en el pago del citado impuesto durante su vigencia y que implique una declaración jurada del titular en la que manifieste el lugar donde será depositado el vehículo durante el periodo de baja temporal.