Reforma constitucional
Los tres fallos del fallo
El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional la amnistía fiscal. Lo ha hecho a causa de una deficiencia formal: la regularización tributaria de Montoro se aprobó mediante decreto-ley, un instrumento normativo que nuestra Carta Magna restringe no sólo para casos de extraordinaria y urgente necesidad, sino para asuntos no fundamentales. Y a ojos del Constitucional, la amnistía afecta a algo tan básico como los deberes de todos los españoles hacia el sostenimiento de los gastos públicos (artículo 31.1 de la Constitución), de modo que jamás debería haber sido aprobada mediante decreto-ley.
A falta de conocer la totalidad de la sentencia, parece que no va a tener ninguna repercusión práctica sobre quienes ya se acogieron a ella y regularizaron totalmente su situación con el fisco. Sin embargo, más allá de la utilización politiquera que vaya hacerse de la misma durante los próximos días, la presente resolución sí debería motivar tres reflexiones de fondo sobre el funcionamiento de nuestras instituciones. La primera, con respecto al Tribunal Constitucional: resulta del todo inadmisible para la seguridad y previsibilidad jurídica de un país que nuestro máximo intérprete de la Constitución tarde cinco años en pronunciarse sobre un asunto tan relevante, que no implicaba ninguna complejidad y que habría resultado evidente a cualquier estudiante del grado de Derecho. La segunda, con respecto a la actuación del Gobierno: el poder Ejecutivo español lleva décadas acostumbrado a gobernar abusando de la figura extraordinaria del decreto-ley (por decreto-ley se han regulado asuntos tan banales como la renovación de la plantilla de la Orquesta Nacional, la comercialización de los derechos del fútbol o la creación del ICEX), y ya va siendo hora de que siga aquellos procedimientos que respetan, al menos formalmente, la autonomía del poder Legislativo dentro de nuestras instituciones. Y tercero, con respecto al conjunto de nuestra clase política: durante los primeros críticos meses del Gobierno de Rajoy no sólo se aprobó el Decreto-Ley 12/2012 por el que se regulaba la amnistía fiscal, sino también el Decreto-Ley 20/2011 por el que se instauraba la brutal subida del IRPF en forma de «complemento extraordinario de solidaridad».
El Decreto-Ley 20/2011 también afecta de lleno al artículo 31.1 de la Constitución y, por consiguiente, debería haber sido declarado inconstitucional o cuando menos recurrido por nuestros políticos... pero no lo han hecho: lejos de proteger al contribuyente, nuestra clase política sólo cavila estratagemas para expoliarlo con mayor saña. Contra la amnistía fiscal sí; contra el sablazo tributario no.
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