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Los administradores alertan de que las piscinas comunitarias no podrán abrir este verano

Argumentan que la mayoría no podrá cumplir con las condiciones marcadas por Sanidad

Las comunidades de propietarios esperan a que el Gobierno tome una decisión sobre si podrán abrir sus piscinas este verano y en qué condiciones
Las comunidades de propietarios esperan a que el Gobierno tome una decisión sobre si podrán abrir sus piscinas este verano y en qué condicionesArchivoArchivo

Con la llegada de los primeros días de calor de la primavera, aumenta la preocupación entre las comunidades de vecinos sobre la posibilidad o no de poder usar la piscina de urbanización este verano, lo que supondría un desahogo para los niños (y para los padres) después de más de dos meses de encierro.

El gobierno ha decidido que el uso de las piscinas comunitarias se podrá realizar en la fase 2 del plan de desescalada y establece una serie de requisitos de obligado cumplimiento y que son difícilmente asumibles por las comunidades de vecinos.

Por ello, el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE) trató de adelantarse al problema y solicitó por carta al Ministro de Sanidad, Salvador Illa, una solución a este problema. La respuesta de Illa no pasó de un “lo estudiaremos” e insistieron enviando un documento a la dirección general de Salud de la comunidad de Madrid.

Poco después de que el propio Fernando Simón reconociera en rueda de prensa que no sabía en qué fase y en qué condiciones se podrían abrir las piscinas, el Gobierno reaccionó y estableció una serie de medidas en la Orden SND/414/2020 para la aplicación de la fase 2 del Plan para la desescalada, que aborda el tema pero que no lo soluciona, tal y como reclaman desde CGCAFE.

La orden ministerial establece que las piscinas comunitarias que abran tendrán que cumplir una serie de requisitos. El primero de ellos afecta al aforo, y lo restringen a un 30 por ciento, algo totalmente inasumible por las comunidades de vecinos porque la mayoría no cuentan con ningún sistema de control de acceso, tal y como explican los administradores de fincas. Según indican en un comunicado, “no hay personal responsable a cargo de la instalación que pueda controlar o limitar el acceso de los propietarios y, en los casos que disponen de socorrista, su competencia se limita al control del vaso de la piscina”.

Otro de los requisitos indispensables para poder bañarse en la piscina es obtener cota previa, para lo que será necesario organizar horarios por turnos, fuera de los que no se podrá permanecer en las instalaciones. El Consejo General de Administradores de Fincas advierte de que esta medida también es imposible de cumplir porque se necesitaría contratar a personal o, al menos sería imprescindible un teléfono comunitario y la inmensa mayoría de las comunidades no disponen de ninguno de los dos recursos.

Una dificultad añadida es que para regular el uso de la piscina es necesaria la aprobación de la junta de vecinos y según los administradores de fincas “al margen de la enorme controversia que supondría tratar de alcanzar un acuerdo para el establecimiento de turnos hay que recordar que todavía no están autorizadas las reuniones de las comunidades de propietarios lo que impide esta regulación”.

ha vuelto a proponer al Gobierno que regule la posibilidad de celebrar juntas virtuales, “facilitando la flexibilización de los requisitos para la toma de decisiones, el aumento de plazos para la celebración de las reuniones y se confirmen a los propietarios que actualmente ocupan cargos, con lo que se resolverían muchos de los problemas actuales tanto para la apertura de piscinas como para el resto de los problemas planteados en las distintas fases de la desescalada”.

Otro de los aspectos que están regulados es el uso de las zonas comunes de la piscina, es las que se debe establecer una distribución espacial para garantizar la distancia de seguridad de al menos dos metros entre los usuarios mediante señales en el suelo limitando los espacios. “Si se marcan las áreas de uso reservado para cada persona y, además, hay que reservar zona para el acceso y de paso (tanto a dichos espacios como al vaso de la piscina o a los vestuarios) el espacio disponible se reduce de tal forma que el aforo real puede ser muy inferior al obligatorio, lo que disparará los costes del servicio en proporción al número de usuarios. Tampoco se dispone de recurso para ejercer el control de que los usuarios respetan sus respectivas zonas de estancia”, lamentan.