Coronavirus
Prórroga de los permisos de residencia, trabajo y estudios a extranjeros hasta seis meses después del Estado de alarma
El Gobierno publica una orden en el BOE para poner fin “a la inseguridad jurídica” de los afectados
El Gobierno ha decidido prorrogar las autorizaciones temporales de residencia/o trabajo y las autorizaciones de estancia que residen en España. En una orden publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y dictada por el Ministerio de Sanidad, como mando único del estado de alarma, se dispone que “las autorizaciones temporales de residencia y/o trabajo y las autorizaciones de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado previstas en la normativa de extranjería, cuya vigencia expire durante la vigencia del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas o haya expirado en los noventa días naturales previos a la fecha en que se decreto quedarán automáticamente prorrogadas, sin necesidad de emisión de una resolución individual para cada una de ellas por la oficina de extranjería”.
La orden añade que “la prórroga automática se iniciará al día siguiente de la caducidad de la autorización y se extenderá hasta que transcurran seis meses desde la finalización del estado de alarma”. En este sentido, puntualiza que “esta prórroga automática será de aplicación a las autorizaciones referidas en el apartado 1 con independencia de que se hubiesen presentado solicitudes de renovación, prórroga o modificación con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden, siempre y cuando las mismas no se hayan resuelto expresamente”.
“La validez de las tarjetas de identidad de extranjero concedidas y expedidas en virtud de las autorizaciones enumeradas en el apartado 1 de este artículo y cuya vigencia hubiera expirado durante el estado de alarma, así como en los noventa días naturales previos a la fecha en que se decretó, se prorrogarán automáticamente por el mismo periodo que las autorizaciones”. El Gobierno prorroga, asimismo, de forma automática, durante la vigencia del estado de alarma y hasta un periodo de seis meses desde la finalización de éste, “la validez de las tarjetas de familiar de ciudadano de la unión cuya vigencia hubiera expirado durante el estado de alarma o en los noventa días naturales previos a la fecha en que se decretó el mismo”.
También prorroga de forma automática la estancia de “aquellas personas que se hallen en España en situación de estancia, por un periodo no superior a noventa días, que haya expirado durante la vigencia del estado de alarma”. La prórroga en este caso será de tres meses y la validez estará limitada al territorio español. Asimismo, establece que “la validez de los visados de larga duración expedidos al amparo de un acuerdo de movilidad de jóvenes, así como los visados de estancia por estudios de hasta 180 días de duración cuya vigencia expire durante la vigencia del estado de alarma, será prorrogada durante un periodo de tres meses desde la finalización del estado de alarma, siempre que su titular se encuentre en España y no haya podido regresar a su país de origen”.
Según el Ministerio de Sanidad, dicha orden responde a la imposibilidad de presentar las solicitudes de renovación de las autorizaciones de residencia y/o trabajo, lo que está generando “gran inseguridad jurídica tanto para los extranjeros que se hallan en España, como para los empleadores y resto de operadores sociales y económicos”. En este sentido, subraya que dicha situación ha sido puesta de manifiesto “por la sociedad civil y agentes sociales”.
✕
Accede a tu cuenta para comentar