Polémica

Sanidad debió dar los nombres del Comité de Expertos sobre la pandemia ya el pasado día 2

La resolución de Transparencia se firmó el 11 de noviembre y daba esa fecha como límite

El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, forma parte de ese misterioso Comité
El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, forma parte de ese misterioso ComitéEUROPA PRESS/R.Rubio.POOLEuropa Press

El presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, José Luis Rodríguez Álvarez, firmó el pasado 17 de noviembre la resolución por la que ponía fin a la vía administrativa empleada por el Ministerio de Sanidad para tratar de impedir que se conociese la composición del conocido como Comité de Expertos que asesoraba al ministro de Sanidad, Salvador Illa, en todo lo referido a la pandemia. Esto supone dos hechos: que el plazo límite para cumplir la resolución expiró el pasado miércoles día 2 sin que Sanidad reconociera en esa fecha que no iba a proporcionar los nombres y que Sanidad dispone desde ese día de dos meses para recurrir la resolución de Transparencia por la vía contencioso-administrativa.

La raíz del asunto que ha provocado esta ocultación de datos por parte de Sanidad se remonta al 6 de mayo. Ese miércoles, el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, se negó en rueda de prensa a hacer pública la composición del Comité de Expertos, del que él mismo forma parte. El 21 de ese mes un abogado presentó, al amparo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIBG) que se le informase por parte del Ministerio de Sanidad de los siguientes puntos:

– la composición de la comisión que asesora al Gobierno en las decisiones sobre la gestión de la situación de emergencia;

– qué fondos públicos de cualquier origen se usaron para financiar estudios e informes;

– cuáles fueron los criterios que han tenido en cuenta para «cercenar» derechos ciudadanos;

– si existían alternativas al plan adoptado entonces;

– conocer la documentación de las actas sobre las reuniones, agrupaciones, presenciales o

virtuales, o cualquier tipo de forma de reunión documentada en la cual se hayan tomado las

decisiones;

– explicación de los criterios para cambiar de Fase;

– qué considera Sanidad «Nueva Normalidad»;

– por qué se ha impuesto el uso de mascarilla facial de forma obligatoria.

La Dirección General de Salud Pública envió una contestación a Transparencia con argumentos para impedir conocer las cuestiones que le fueron planteadas por el demandante. Y este organismo independiente «encargado de promover la transparencia de la actividad pública, velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad, salvaguardar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y garantizar la observancia de las disposiciones de buen gobierno», y con «personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar pública y privada», fue rechazando una por una las alegaciones de Sanidad –excepto en la explicación del concepto de «Nueva Normalidad»– y le dio al departamento de Illa diez días hábiles para dar todos los datos requerido. Al firmarse el 17 de noviembre, el plazo cumplió el 2 de diciembre pasado sin que Sanidad siquiera informase de que no iba a contestar. Ahora el Ministerio, contra la resolución de Transparencia, dispone de dos meses para plantear un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de Madrid.