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Coronavirus

¿Qué ocurre si se retrasa la segunda dosis de la vacuna contra la Covid por desabastecimiento?

Sanidad subraya que no se invalida la primera y se aplicará el principio de “dosis puesta, dosis que cuenta”

Personal del Servicio de Farmacia del Hospital Clínico Universitario de Zaragoza comienza el reparto de las 5.430 dosis de la vacuna de AstraZeneca
Personal del Servicio de Farmacia del Hospital Clínico Universitario de Zaragoza comienza el reparto de las 5.430 dosis de la vacuna de AstraZenecaGuillermo MestreHeraldo Aragón / EFE

El Ministerio de Sanidad ha incluido algunas recomendaciones sobre aspectos específicos de la vacunación contra la Covid en la estrategia actualizada que acaba de hacer pública. Una de ellas se refiere a los problemas de desabastecimiento. ¿Qué ocurre si retrasa la llegada de nuevas dosis? Sanidad esgrime que “si por motivos de desabastecimiento o similares se retrasa la administración de la segunda dosis más allá del intervalo recomendado entre dosis, no se invalida la dosis puesta”. Regirá el principio de “dosis puesta, dosis que cuenta”. En estos casos, Sanidad asegura que “la segunda dosis se suministrará cuanto antes tras el día recomendado de la segunda dosis”. En la de Pfizer ese día es el 21; en la de Moderna, el 28, y en la de AstraZeneca, entre 10 y 12 semanas. El Ministerio remarca que “la pauta completa de vacunación se realizará con la misma vacuna”.

-¿Qué ocurre si una persona se desplaza a otra región tras recibir la primera dosis?

El documento remarca que las personas desplazadas a otras comunidades autónomas y las extranjeras residentes en España que recibieron la primera dosis e una comunidad autónoma diferente a la que residen en el momento de la segunda dosis o que recibieron la primera dosis en otro país se les administrará la segunda dosis en el lugar donde se encuentren desplazadas o residiendo.

-¿Qué ocurre si hay varios tutores legales que no están de acuerdo con la vacunación de un gran dependiente?

En el caso de residentes y grandes dependientes en los que hay varios tutores legales que no están de acuerdo en cuanto a la vacunación, prevalecerá la decisión que la ciencia apoya como mejor opción para estas personas, que es la vacunación, salvo que haya algún motivo clínico que justifique no hacerlo?

-¿Dependerá la vacunación del grado de aseguramiento?

No. El documento subraya que “se garantizará la vacunación de todas las personas independientemente del nivel de aseguramiento (mutualidades).

-¿Hay que registrar las negativas a la vacunación?

Sanidad remarca que sí, aunque la vacunación no sea obligatoria. “Se considera importante registrar los casos de rechazo a la vacunación en el Registro de Vacunación, con la finalidad de conocer las posibles razones de reticencia en diferentes grupos de población”.