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Educación

El Tribunal Supremo dictamina que las listas de profesores interinos no universitarios son «abusivas»

Caso de un profesor interino de Secundaria que trabajó durante 19 años en centros escolares de La Rioja

Una profesora imparte clase en septiembre pasado en la facultad de Comunicación de la Universidad de Sevilla, durante el inicio de las clases de forma escalonada María José LópezEuropa Press

El Tribunal Supremo ha concluido que el sistema de listas de personal docente interino no universitario no constituye una «medida legal equivalente» para prevenir y sancionar los «abusos» en los nombramientos interinos, sino que «confirma la utilización abusiva de las relaciones de empleo de duración determinada».

Los magistrados han abordado el caso de un profesor interino de Enseñanza Secundaria que trabajó durante 19 años en centros escolares de La Rioja y solicitó que se le reconociera la condición de personal indefinido, con antigüedad de 1999; pretensión que fue desestimada por la Consejería de Educación. El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja dio la razón al docente y declaró la existencia de abuso.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha coincidido con el análisis del tribunal riojano y ha concluido que «el sistema de las listas de personal docente interino no universitario para nombramientos temporalmente limitados no constituye una medida legal equivalente, desde la perspectiva de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, para prevenir y sancionar los abusos en los nombramientos interinos». Así, en una sentencia de 12 de mayo recogida por Ep, el tribunal ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la comunidad autónoma de La Rioja contra la citada sentencia y ha concluido que el sistema de listas de interinos «no previene sino confirma la utilización abusiva de las relaciones de empleo de duración determinada». En este caso particular, el Supremo se ha mostrado perplejo no solo porque el profesor en cuestión «ha prestado servicios como interino durante 19 años», sino porque «en todo ese tiempo no se han convocado procesos selectivos en las especialidades en que enseña».

Los magistrados han subrayado que la propia Administración de La Rioja admite que la concatenación de nombramientos no se ajusta a las previsiones de la legislación española.

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