Nueva norma

Claves de la nueva ley contra el desperdicio alimentario: envases para sobras y venta de productos “feos”

La norma busca frenar el desperdicio en toda la cadena alimentaria y establece sanciones para su incumplimiento

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España ya cuenta con una ley contra el desperdicio alimentario, publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Aprobada en el Congreso de los Diputado el 20 de marzo, la norma está enfocada hacia la concienciación y la prevención de las pérdidas a lo largo de toda la cadena alimentaria, desde la cosecha hasta el consumo final en hogares o establecimientos de hostelería.

La Organización de Naciones Unidas para la Alimentación y la Alimentación (FAO) estima que en el mundo se desperdicia el 30 % de los alimentos. Reducir a la mitad estas pérdidas es uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de Naciones Unidas (ONU). En el caso de España, solo en los hogares se tiraron a la basura sin consumir 1.183 millones de kilos de alimentos en 2023.

Prevención y jerarquía de usos

Para evitar el desperdicio de los alimentos, la norma obliga a los agentes de la cadena alimentaria a disponer de un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio. El objetivo es que las empresas hagan un autodiagnóstico de sus procesos productivos, identifiquen dónde se producen las pérdidas de alimentos, fijen medidas para minimizarlos y se destinen a otros usos antes de acabar en la basura.

De este modo, se establece una jerarquía de usos, en la que tiene prioridad el consumo humano, bien a través de la transformación de los alimentos, por ejemplo, en zumos o mermeladas en el caso de la fruta, o mediante la donación o redistribución. Como segundo uso en la jerarquía se contempla la alimentación animal o la elaboración de subproductos para la industria. Y si tampoco fuera posible, ya como residuos se destinarán al reciclado y, en particular, a la obtención de compost, biogás o de combustibles.

La ley obliga a adoptar acuerdos entre los operadores y las entidades sociales y bancos de alimentos para facilitar la donación. Además, establece que los establecimientos de hostelería, salvo los de bufé libre, deberán ofrecer al cliente la posibilidad de llevarse la comida sobrante en envases reciclables.

También incluye buenas prácticas con un claro foco en la formación y la sensibilización. Ofrece ejemplos de buenas prácticas; tales como fomentar las líneas de venta de productos imperfectos, aquellos llamados de aspecto feo, y mejorar la información sobre la seguridad de su consumo, siempre que se cumplan las normas de comercialización vigentes en la UE. Contempla incentivar la venta de productos con la fecha de consumo preferente o de caducidad próxima.

Excepciones y sanciones

No obstante, la ley permite cierta flexibilidad para facilitar a las empresas su adaptación a las obligaciones, como en el caso de las de menor tamaño. Así, quedan excluidas de la obligación de aplicar la jerarquía, elaborar un plan de prevención y de firmar acuerdos de donación las microempresas (menos de 10 trabajadores) y las pequeñas explotaciones agrarias (menos de 50 trabajadores).

La norma también exceptúa de la obligación de contar con un plan de prevención y acuerdo de donación a los establecimientos de menos de 1.300 m2 de la transformación, comercio minorista, distribución, hostelería o restauración, como, por ejemplo, una tienda tradicional de barrio.

Para garantizar su cumplimiento, la ley contempla un sistema de sanciones. En el caso de las infracciones leves, como por ejemplo no aplicar la jerarquía de usos, se establecen sanciones que oscilan desde el apercibimiento hasta multas de un máximo de 2.000 euros.

Las infracciones graves, como no contar con un plan de prevención, se sancionarán con multas de entre 2.001 y 60.000 euros. Como infracciones muy graves se considera la segunda falta grave cometida en un periodo de dos años y serán sancionadas con multa de hasta 500.000 euros.