Tribunales

Condenado a 3 años y medio de cárcel por revelar datos médicos de pacientes de su exesposa

Les enviaba cartas contándoles que ella había sido condenada por la muerte de una mujer a la que practicó un aborto

Tribunal Supremo
Tribunal SupremoDavid JarLa Razón

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de tres años y seis meses de prisión impuesta por un Juzgado de Barcelona a un hombre por un delito de descubrimiento y revelación de secretos al difundir datos de pacientes de su exesposa, médico de profesión, lo que le causó daños y perjuicios y la necesidad de terapia psicológica.

En una sentencia el alto tribunal desestima el recurso de L.A.C. contra la resolución dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona, que confirmó el fallo del Juzgado de lo Penal número 5 de la capital catalana, informa Efe.

El caso fue instruido por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Barcelona y el juicio se celebró en el citado Juzgado de lo Penal, que además de a la pena de tres años y medio de cárcel condenó a L.A.C. a indemnizar a su exmujer en 15.000 euros por los daños y perjuicios causados.

El Juzgado de lo Penal declaró probado que L.A.C. estuvo casado con T.F.C. desde 1979 hasta el 3 de septiembre de 2018, cuando se dictó sentencia de divorcio, y que el primero pudo acceder al que había sido domicilio familiar, en Barcelona, hasta el 26 de junio de 2017.

Añadió que T.F.C., médico especializada en obstetricia y ginecología, tenía en el ordenador del domicilio el listado de sus clientes.

Explicó que en una fecha anterior al 26 de junio de 2017 L.A.C., "con la intención de vulnerar la intimidad de su expareja, realizó sin su autorización una copia desde el ordenador familiar del registro de pacientes, incluyendo las direcciones de sus domicilios particulares".

Desde diciembre de 2018 hasta mayo de 2019 L.A.C. escribió cartas a pacientes de su exesposa y las depositó personalmente en sus respectivos buzones.

Siempre según los hechos declarados probados "con la finalidad de perjudicar a su exesposa tanto en el ámbito personal como profesional en dichas cartas indicaba que había sido condenada a dos años de prisión y tres de inhabilitación profesional por la muerte de una paciente tras practicarle un aborto y en tres de ellas adjuntó una copia de la liquidación de la condena".

Las cartas fueron recibidas por 18 pacientes de T.F.C., que como consecuencia de estos hechos ha sufrido daños y perjuicios y ha necesitado tratamiento psicológico.

El Juzgado de lo Penal condenó a L.A.C. por un delito continuado de descubrimiento y revelación de secretos pero le absolvió de un delito contra la intimidad del que también estaba acusado, al estimar que está subsumido en el anterior, lo que compartió la Audiencia Provincial y ahora corrobora el Supremo.

Ademas el alto tribunal rechaza todas las alegaciones del condenado para reivindicar su inocencia en las que entendía que los hechos no fueron suficientemente acreditados por prueba directa, informa Efe.