Educación

La selectividad caduca en tres cursos académicos

Los alumnos de FP seguirán examinándose de materias de Bachillerato en la prueba específica

La selectividad caduca en tres cursos académicos
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Las universidades españolas disponen de tres años para pensar qué requisitos exigen a los alumnos que solicitan plaza para estudiar en sus campus. La puerta ya no se abrirá a los alumnos únicamente por la nota conseguida, ahora serán las universidades las que elijan a sus estudiantes con los nuevos criterios que pretende introducir el Minsiterio de Educación, más próximos al modelo americano o anglosajón.El marco legal necesario para el cambio será aprobado hoy, previsiblemente, en el Consejo de Ministros, cuando se dé luz verde al real decreto por el que se establecen los procedimientos de admisión a las enseñanzas de grado. La nueva regulación supone la desaparición de la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU), o Selectividad, como algunos prefieren seguir llamándola. Pero esto no ocurrirá hasta el curso académico 2017-2018. ¿Qué se tendrá en cuenta entonces? Queda en manos de las universidades aplicar el criterio que consideren oportuno, aunque el Ministerio de Educación sugiere la posibilidad de hacer la selección en función de las materias concretas que haya estudiado un alumno antes de concluir el Bachillerato. También servirán como criterio «las calificaciones obtenidas en asignaturas concretas», que el estudiante haya cursado durante el Bachillerato, la formación académica o profesional complementaria que haya tenido, o incluso «los estudios superiores cursados con anterioridad». Cabe la posibilidad de que un estudiante pueda conseguir plaza después de pasar una entrevista personal, como ocurre, por ejemplo, en la prestigiosa Universidad de Cambridge.

Los nuevos criterios se aplicarán ya a partir del próximo curso académico a los estudiantes que proceden de sistemas educativos extranjeros, que no tendrán que hacer la selectividad, y para los que hayan estudiado el grado superior de la FP y quieran continuar con estudios universitarios o bien los alumnos de enseñanzas artísticas. Para estos casos, el decreto prevé que las universidades tengan en cuenta «la calificación final obtenida en las enseñanzas cursadas y/o en módulos o materias concretas, la relación entre los currículos de las titulaciones anteriores y los títulos universitarios solicitados, la formación académica o profesional complementaria, estudios superiores cursados con anterioridad, y, de forma excepcional, se podrán establecer evaluaciones específicas de conocimientos».

El problema está ahora en qué ocurre con los estudiantes de Formación Profesional después de que el Tribunal Supremo acaba de dar la razón a Escuelas Católicas al desestimar un recurso de Ministerio de Educación sobre la regulación de la PAU para estos alumnos.

La cuestión es que estos alumnos están exentos de hacer la selectividad, pero ocurre que en muchos casos, se ven obligados a realizar la prueba específica de las universidades porque para algunas carreras se exige una nota de acceso sobre una puntuación de 14 puntos. A estos alumnos se les exige examinarse de conocimientos de segundo de Bachillerato, en lugar de un temario específico de FP. Escuelas Católicas acudió entonces a los tribunales, y después de un largo proceso, el Supremo le da ahora la razón al determinar que estos alumnos deben ser examinados de un temario específico de Formación Profesional porque, con el criterio vigente, establecido por el anterior equipo de Gobierno, el alumno sale «perjudicado».

Escuelas Católicas cree que a pocos días de la PAU en algunas comunidades autónomas, aunque en otras ya se ha realizado, no existe una seguridad sobre el examen de la prueba específica de los alumnos de FP y, si se siguen aplicando los mismos criterios, es decir, que se sigan examinando de los contenidos de Bachillerato, «cualquiera puede impugnar los exámenes y declararse nulos», asegura José Antonio Poveda, asesor jurídico de Escuelas Católicas. «Esta circunstancia causaría un grave perjuicio a los alumnos».

El decreto que aprobará previsiblemente hoy el Consejo de Ministros no remedia esta situación y establece un período transitorio, hasta que en 2017-2018 entre en vigor plenamente la supresión de la PAU para la totalidad de los estudiantes, para que los alumnos de Formación Profesional puedan ser examinados en la prueba específica de conocimientos que se imparten en Bachillerato. Así queda regulado en la disposición transitoria única del decreto: «Los temarios sobre los que versarán los ejercicios de la prueba específica para la admisión de los estudiantes que estén en posesión de un título de Técnico Superior de FP (...)será el establecido para el currículo de las materias de modalidad de segundo de Bachillerato de acuerdo con la distribución realizada por las administraciones educativas».