Hostelería
¿Pueden negarse en un restaurante a ponerte un vaso de agua en lugar de una botella?
En abril de 2022, entró en vigor la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, que incluye una medida específica sobre el agua en los establecimientos de hostelería
La práctica de pedir un vaso de agua del grifo en un restaurante es común en muchos países, pero en España, la respuesta a si un establecimiento puede negarse a proporcionarlo ha sido objeto de debate en los últimos años. Aunque para algunos clientes es una solicitud lógica y más económica, muchos restaurantes prefieren ofrecer botellas de agua embotellada por razones comerciales. Pero, ¿qué dice la normativa al respecto?
Nueva ley sobre el agua en la hostelería
En abril de 2022, entró en vigor la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, que incluye una medida específica sobre el agua en los establecimientos de hostelería. Esta normativa obliga a bares y restaurantes a ofrecer agua del grifo de manera gratuita a los clientes, como parte de un esfuerzo por reducir el consumo de plásticos y fomentar el acceso al agua potable. Esto significa que, legalmente, un restaurante en España no puede negarse a servirte un vaso de agua del grifo si así lo solicitas.
La medida fue bien recibida por muchos consumidores, quienes ven en ella un gesto hacia la sostenibilidad y la reducción de residuos plásticos. Sin embargo, algunos propietarios de restaurantes han expresado su descontento, argumentando que la venta de agua embotellada es una fuente importante de ingresos y que la medida podría afectar sus márgenes de ganancia.
Excepciones y detalles
A pesar de la obligatoriedad de ofrecer agua del grifo, la ley no impone que los restaurantes deban proporcionar esta opción en una presentación específica. Esto ha llevado a que algunos establecimientos, aunque cumplan con la normativa, ofrezcan el agua en jarras o recipientes que no siempre coinciden con las expectativas del cliente.
Por otro lado, la ley se aplica únicamente en situaciones donde el cliente consume dentro del local. Si un establecimiento ofrece únicamente servicio para llevar o entrega a domicilio, no está obligado a proporcionar agua gratuita.
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