
Vivienda
Servicios Sociales sugiere a una mujer denunciar a su exmarido por violencia de género para poder desalojar a sus okupas
La propietaria explicó el consejo y que todo gira en torno a la vulnerabilidad, que denuncia que no se revisa: "No se investiga nada"

Recuperar un piso okupado o con inquilinos morosos, lo que se conoce como inquiokupación, no es tarea fácil en España. Las personas que se encuentran viviendo en el interior de una vivienda, aunque sea de forma ilegal o sin permiso, están protegidas por ley, especialmente si no tienen una alternativa habitacional y son vulnerables. Los okupas vulnerables están protegidos por el Real Decreto ley 11/2020, que fue prolongado hasta finales de este año 2025 tras el acuerdo entre Junts y el Gobierno por el que se aprobó el decreto social en el mes de enero, es decir, tras la entrada en vigor del Real Decreto ley 1/2025.
Esta legislación impide el desahucio de toda persona vulnerable sin alternativa habitacional, lo que provoca que muchos casos se alarguen casi de manera indefinida. Esta situación la denunció Kathy, presidenta de la Asociación de propietarios de viviendas contra la inseguridad jurídica (APROVIJ) y víctima de la inquiokupación desde la pandemia, en una entrevista a LA RAZÓN antes del anuncio de la última prórroga: “No estamos protegidos ni los propietarios ni los inquilinos de bajos recursos", afirmaba.
La falta de soluciones lleva a gran cantidad de propietarios a situaciones límite, ya que, el no poder recuperar su vivienda a la vez que tienen que seguir haciéndose cargo de distintos pagos, complica su situación. Mari Carmen es una de las propietarias que vive una situación límite. Como informaron Cuatro y ABC, esta profesora soltera de 51 años lleva con su vivienda de Churriana okupada desde septiembre de 2020 por una familia portuguesa que acumula 30.000 euros de deuda. Ella, al igual que los okupas, está en situación de vulnerabilidad y se puso en contacto con Servicios Sociales.
La sorprendente sugerencia de Servicios Sociales
Ante la imposibilidad de ejercer el desahucio por el mencionado Real Decreto, se ha puesto en contacto con distintas administraciones. Sin embargo, la respuesta no resuelve su situación: "Todos me dicen que entienden mi situación pero que no pueden hacer nada y se quedan tan panchos". Todo esto sucede por la vulnerabilidad. Para cambiar las tornas se encontró con un sorprendente consejo: "Desde los Servicios Sociales me sugirieron que denunciara a mi exmarido por violencia de género cuando era totalmente falso".
Explica el motivo de esta sugerencia y cómo afectaría a su caso: "Así sería más vulnerable que los vulnerables y podría tener opción a más ayudas". Sin embargo, su respuesta fue contundente: "Aunque estaba desesperada porque no tenía casa ni nada, yo me negué. Eso es un delito". Tener que recurrir a una mentira constituyente de delito para optar a recuperar tu propia vivienda muestra la situación respecto a los okupas en España. "Yo no quiero pensar lo que le hubiera pasado a mi marido, no me lo podía creer. Si llego a saber que me iba a dar esa respuesta yo lo grabo", confesaba.
Una vulnerabilidad permanente
Mari Carmen también denuncia que la vulnerabilidad no se revisa: "Ellos dan un primer informe de vulnerabilidad y ya no hay ningún seguimiento". Duda de que sus okupas sigan siendo vulnerables: "Esta persona ha revertido su situación, pero se aprovechan. Estoy segura de que están trabajando en B". Concluye manifestando su indignación: "Yo estoy cogida de manos y pies, pero ellos no investigan nada".
Esta es la pena por una denuncia falsa
Realizar una denuncia falsa es un delito y lo comete aquella persona que imputa falsamente y a mala fe una serie de conductas punibles a una persona concreta. Las consecuencias de una denuncia falsa son graves y se regulan en el Código Penal, concretamente en el artículo 456.1. Arego, abogados de familia, detalla los posibles castigos según la gravedad:
- Pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave.
- Pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito menos grave.
- Pena de multa de tres a seis meses, si se imputara un delito leve.
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