Tribunales

Un profesor de Jaén tendrá que pagar una multa por abusar sexualmente de cinco alumnas

La magistrada establece que para este caso “no se justifica” la pena de prisión que reclamaba la defensa de una de las víctimas

Juzgados de lo Penal en Jaén
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El Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén ha condenado a un profesor de 59 años a pagar 18.900 euros en multas por abusar sexualmente de cinco de sus alumnas, todas ellas menores de edad cuando ocurrieron los hechos y a las que también deberá indemnizar con 3.000 euros para cada una de ellas.

Además, la sentencia impone al profesor diez años de inhabilitación para ejercer la docencia con menores y otros diez años de prohibición de acercarse al instituto en el que ocurrieron los hechos.

La sentencia, por la que se condena al acusado como autor de cinco delitos continuados de abusos sexuales, recoge como hechos probados que durante el curso 2013/2014, el ahora ya condenado impartía clases de Lengua y Literatura en un instituto de un municipio próximo a Jaén capital.

Señala que el condenado, aprovechando lo que él llamaba “tiempo libre” -unos minutos al final de cada clase-, “conversaba con las alumnas cuando se acercaban a su mesa y aprovechando el acercamiento, las rodeaba por la cintura hasta posar su mano en los glúteos, acariciando igualmente sus piernas o abrazarlas por detrás, llegando incluso a tocar a alguna alumna los pechos”.

La sentencia recoge hasta cinco episodios de abusos a cinco menores. A pesar que durante el juicio, rechazó todas y cada una de las acusaciones argumentando que todo era falso, la magistrada establece que la prueba practicada evidencia que el acusado "llevó a cabo actos de inequívoco contenido sexual en el aula donde impartía las clases y durante el horario lectivo, lugar y tiempo en que el acusado tenía bajo su custodia a las alumnas que en la fecha de ocurrencia de los hechos contaban con trece años de edad".

Añade la magistrada que no se trataba de “tocamientos aislados ni fugaces como alegó el acusado en el acto del juicio oral, sino que dichos tocamientos se efectuaban por el acusado en zonas erógenas o en sus proximidades”.

Establece también que "se desprende la concurrencia de un ánimo libidinoso por parte del acusado" que vulnera igualmente la libertad sexual o indemnidad sexual de las víctimas, al tiempo que rechaza las alegaciones de las defensa sobre "la actitud provocadora" de las alumnas.

La sentencia alude a que por la situación de prevalimiento del acusado en su condición de profesor y por la diferencia de edad entre acusado y víctimas, el condenado “tenía sobre las alumnas una ascendencia educativa que coartaba la libertad de las mismas, limitando por tanto la capacidad de decisión del sujeto pasivo que consiente viciadamente y acepta una relación sexual que no quiere” ya que las alumnas por su corta edad carecían de “las habilidades y formación adecuadas para responder frente a una situación de esta índole”.

Profesores del centro educativo testificaron durante el juicio y relataron cómo se entrevistaron con varios alumnos que les contaron que esta persona tenía "comportamientos extraños" e "inquietantes" con las menores, y que a algunas les daba "asco y miedo" estar cerca de él.

Las cinco víctimas prestaron declaración por videoconferencia y aseguraron ante el tribunal que el profesor les “tocaba el culo, el pecho y los muslos”. Coincidieron en su declaración en que los tocamientos se producían que durante el “tiempo libre” que daba en clase y que él “aprovechaba” para acercarse a las alumnas.

De las cinco víctimas, una de ellas ha ejercido la acusación particular a través del servicio de asistencia a mujeres víctimas de violencia sexual que desarrolla el IAM a través de Amuvi y que en este caso reclamaba tres años de prisión para el acusado.

No obstante, la magistrada establece que para este caso “no se justifica” la pena de prisión, aunque sí establece para el acusado en el caso de la menor representada por Amuvi, dos años de prohibición de comunicación y de acercarse a menos de 500 metros en base a las secuelas que presenta esta joven.

Tras su detención en mayo de 2014, el acusado fue puesto en libertad con cargos y con la medida cautelar de suspensión para el ejercicio de la docencia en menores. No obstante, en la actualidad sigue ejerciendo como profesor en una escuela de adultos.

La sentencia no es firme y puede recurrirse en apelación ante la Audiencia de Jaén.