Corrupción en Andalucía
La Fiscalía pide que se desestime el recurso del ex trabajador de UGT condenado por revelación de secretos al no ser «denunciante de nada»
Defiende que Macías «no cumple con las condiciones para ser potencial beneficiario» de la directiva europea de protección a los alertadores de corrupción
La armonía matemática casi nunca se da en el ámbito judicial. El ex trabajador de UGT-A Roberto Macías recurrió la sentencia de un juzgado sevillano que lo condenó a dos años de cárcel por revelación de secretos y ahora la Fiscalía ha pedido que se desestime su intento de impugnación del fallo. En un escrito al que tuvo acceso LA RAZÓN, el Ministerio Público rechaza todos los motivos con los que la representación procesal de Macías armó un recurso que entiende «abocado al fracaso».
Uno de los argumentos a los que se agarró el ex empleado del sindicato fue a la ruptura de la cadena de custodia y la posibilidad de que la organización sindical hubiera presuntamente manipulado el ordenador que le incriminó, si bien la Fiscalía replica que «tal y como se desarrolló la prueba en el acto de plenario no existe duda sobre la naturaleza y evidencias incautadas», por lo que no se le habría causado «indefensión» alguna, como apuntó su abogado. «Olvida además el recurrente –se pespuntea en el documento judicial consultado por este periódico– que en la entrada y registro que se practicó en casa del ya condenado, se hallaron los discos duros» donde se encontraron «vestigios digitales que indicaban haber alojado los archivos que luego se difundieron en prensa, y que fueron ilícitamente obtenidos, así como los dispositivos de almacenamiento empleados para la extracción» de los mismos «del servidor del sindicato».
En relación a la inaplicación de la Directiva europea de protección de los denunciantes de corrupción, uno de los caballos de batalla de Macías, el Ministerio Fiscal advierte de que aún no se ha transpuesto al ordenamiento jurídico del Estado español y de que ésta «no regula una exención de la responsabilidad criminal» por la comisión de un delito. «Establece –se aclara– el principio de no represalia cuando se denuncien delitos relacionados con la corrupción en el seno de una organización». Pero la Fiscalía va más allá. Afirma que el ex trabajador de UGT «ni siquiera cumple con las condiciones para ser potencial beneficiario de la misma». «Por ventilar el asunto de modo claro, el acusado no acudió a ningún organismo oficial con la información y datos obtenidos». En ese punto resume su relato de lo sucedido: «La obtención ilícita se produjo» en noviembre de 2012 y no declaró ante la Guardia Civil como testigo, «llamado por la misma», hasta enero de 2014 y además se limitó a decir que la Policía había «practicado una entrada y registro en su domicilio» en la que se incautó información. «El condenado», concluye, «no colaboró en nada ni con nadie, no es denunciante de nada y no puede arrogarse» tal condición para «intentar eludir las consecuencias de un delito».
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