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Suceso

Piden 3 años de cárcel al constructor que colocó una torreta que salió volando y mató a un hombre en un campo de fútbol asturiano

La fiscalía también solicita que se indemnice a las hermanas del fallecido y a un segunda persona que resultó herida

Columna de una farola entre las ramas de un árbol en la pedanía de Asprillas de Elche Ilicitanos por Elche

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de un constructor por la muerte de un hombre al que le cayó encima una torreta de iluminación en un campo de fútbol en 2022.

La estructura fue derribada por una valla publicitaria que se vino abajo a causa de una fuerte ráfaga de viento durante la celebración de un partido de tercera división. Otro hombre resultó herido en el siniestro.

El Ministerio Fiscal sostiene que el 1 de marzo de 2013, el constructor, en nombre de la Sociedad Deportiva Lenense, presentó en el Ayuntamiento de Lena una solicitud de licencia de obra para la colocación de un monoposte publicitario en el interior del campo de fútbol de El Sotón de Pola de Lena. Éste se ubicaba en un terreno de titularidad municipal aunque, el 7 de diciembre de 1981, el Ayuntamiento había constituido un derecho de superficie a favor de la Real Federación Española de Fútbol para la construcción de un campo de fútbol, otorgándole gratuitamente ese derecho durante 50 años, sin especificar qué ocurriría una vez vencido el plazo.

El arquitecto municipal informó favorablemente a la colocación del monoposte el 7 de marzo de 2013, condicionada a que se presentara una justificación técnica relativa a la capacidad portante del terreno y las condiciones y especificaciones del cimiento necesario, debidamente firmada por un técnico competente y visada. Por su parte, la Secretaría del Ayuntamiento conceptuó la obra como menor.

El 2 de septiembre de ese mismo año, el acusado, propietario y responsable de la empresa de construcción, presentó la documentación relativa al monoposte y, por resolución del Ayuntamiento del 26 de septiembre, se le concedió su instalación, con un plazo de ejecución de la obra de 1 año.

En abril de 2016, la Demarcación de Carreteras del Estado trasladó al Ayuntamiento otra solicitud del acusado para la colocación del monoposte publicitario en los terrenos del campo de fútbol, por cambio de ubicación con respecto a la autorización anterior. La documentación remitida era la misma de 2013.

El Ayuntamiento no dio respuesta a este traslado, mientras que el acusado, por su cuenta y riesgo, se apartó de manera total y absoluta del objeto peticionado y las condiciones para las que se había otorgado en su día la licencia, pasando a ejecutar en el año 2016, sin proyecto, licencia ni aprobación municipal, un biposte consistente en una estructura compuesta por dos fustes o postes y una banderola publicitaria de 12x4 metros, en una zona donde el viento hacía fuerza y transmitía ese esfuerzo a los pies de la estructura.

El acusado, o personas a su cargo, realizaron la base que soportaba el peso de la estructura, los fustes con sus correspondientes ojales (agujeros) para su anclaje, y se lo dieron a una empresa de montaje, que procedió simplemente a montar el biposte creado sobre el anclaje de la base ya establecida. La empresa instaladora ya no tuvo más noticias de la obra hasta 2021.

Una estructura que no era segura

Además, omitió las medidas más elementales y necesarias para garantizar la seguridad de esa estructura, pues ignoró las normativas de buenas prácticas y estándares establecidos para garantizar la seguridad y resistencia de las estructuras, relativas al diseño y cálculo de los anclajes por pernos, diámetros de los tornillos y requisitos de apriete. Tampoco comunicó al Ayuntamiento el inicio de esas obras (careciendo de la correspondiente licencia, proyecto, visado) ni tampoco la finalización (a fin de comprobar la adecuación de lo realizado a lo autorizado) y prescindió de efectuar las revisiones periódicas y de mantenimiento

necesarias a fin de verificar la integridad de los anclajes, el apriete de los pernos y el estado general de la conexión entre el poste y la base.

En estas circunstancias, el 13 de febrero de 2022, sobre las 13,35 horas, se celebraba un partido de fútbol de tercera división en el campo de El Sotón, en una jornada en la que había rachas de viento de 57 km/h. Esto, junto con las circunstancias en las que se había instalado el biposte, provocó que éste cediera, rompiéndose los pernos que unían la cimentación con el fuste. En su caída, el biposte impactó con la torre de iluminación del propio terreno de juego, que no estaba preparada para soportar ese peso.

Así, la instalación luminaria se descerrajó, doblándose sobre sí misma por el lugar por donde había impactado el cartel publicitario. Todo el conjunto se desplomó y arrolló en su camino a dos espectadores, uno de los cuales falleció y el otro resultó herido.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia grave y solicita que se condene al acusado a 3 años de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena e inhabilitación especial para la profesión, oficio o cargo relacionado con la construcción, ya sea como ejecutor material de las obras o como empresario, durante 4 años.

En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado indemnice a las dos hermanas del fallecido con 15.000 y 30.000 euros y al segundo herido, con 7.398 euros.