Medio ambiente

Arranca hoy la temporada general de caza en Castilla y León bajo una nueva Ley

Perdices, liebres y palomas serán las protagonistas hasta el próximo 26 de enero

Coto de caza de Zamora
Coto de caza de ZamoraJL LealAgencia ICAL

Arranca hoy otra temporada general de caza bajo una nueva Ley, la que entraba en vigor el pasado 9 de agosto, y que ya es el marco de referencia para todos los cazadores y titulares cinegéticos. Una temporada que llegará hasta el 26 de enero del próximo año, y donde se podrán cazar las especies de «caza menor» todos los domingos, jueves, sábados y festivos nacionales y autonómicos de este periodo.

Así, las perdices, liebres, palomas, acuñaticas y otras especies de aves serán las protagonistas uniéndose al elenci de las especies de caza mayor cuyo periodo hábil arrancaba en septiembre.

Son varias las novedades. La primera de ellas es que la clásica tarjeta de socio o de afiliación al coto debe incorporar una serie de elementos clave, que no son otros que la información relevante establecida en el plan cinegñético vigente del coto.

Además, los cazadores deberán cumplimentar una ficha de control de capturas diarias, cuyo objetivo es disponer de un sistema que, contribuyendo al mejor conocimiento del estado de las poblaciones de las especies, avale una gestión sostenible de los recursos cinegéticos en la Región.

El objetivo de este sistema de control de capturas es que tanto cazadores como titulares cinegéticos aporten información actualizada del seguimiento de la ejecución del plan cinegético de tal forma que, como indica la Ley, los titulares cinegéticos actualicen con frecuencia mensual ante la Administración las capturas que han realizado.

En materia de medidas de seguridad, la Ley de Caza establece la responsabilidad del cazador frente a los daños que ocasione por imprudencia o accidente imputable a su propia actuación.

Adicionalmente, la Ley contempla la prohibición de la caza en los terrenos no cinegéticos, entendiendo como tales el suelo urbano, las zonas de seguridad y los vedados.

También se prohíbe disparar en dirección a las zonas de seguridad, núcleos urbanos y edificaciones o instalaciones aisladas, cuando puedan ser alcanzadas.

Además, otra de las recomendaciones que en las zonas próximas a a núcleos de población el disparo se efectuará en todo caso de espaldas a la localidad.