
Turismo
La Ley de Registro Único pone en jaque a los empresarios de viviendas y apartamentos turísticos
Empresarios y propietarios salmantinos alertan de pérdidas superiores a 300.000 euros anuales por la retirada de alojamientos en plataformas digitales

Hondo malestar entre los empresarios que se deican a los apartamentos turísticos y viviendas por el reciente real decreto que regula el Registro Único, que está provocando, entre otras cosas, la retirada de alojamientos en plataformas digitales.
Así lo denuncian desde la Asociación de Empresarios Salmantinos de Viviendas y Apartamentos Turísticos de Salamanca (Aesvat), integrada en CEOE Cepyme Salamanca, que ha cifrado ya en más de 300.000 euros anuales el impacto económico que se derivaría de la retirada de numerosos apartamentos turísticos y VUT de plataformas como Airbnb, Booking y similares, como consecuencia de una interpretación restrictiva de la nueva normativa, que transpone el Reglamento (UE) 2024/1028, el cual concede una moratoria de hasta dos años para su implementación, exige la incorporación de un nuevo número de registro estatal, además del ya otorgado por la administración autonómica con competencia en turismo, en este caso, la Junta de Castilla y León.
Y es que ante la falta de dicho número, los intermediarios digitales están obligados a eliminar automáticamente los anuncios sin posibilidad de advertencia ni subsanación previa, lo que ha generado la desaparición de una parte significativa de la oferta turística de la ciudad, explican desde Aesvat.
Una situación que, según los empresarios del sector, podría suponer una pérdida estimada de 345.000 euros anuales en Salamanca, considerando el promedio de ingresos no facturados, el nivel de ocupación, el 80 por ciento en julio, los despidos o cese de actividad de autónomos vinculados a la gestión de estos alojamientos, y los costes asociados a cancelaciones e indemnizaciones a huéspedes con reservas en firme.
A estas pérdidas directas se suman las pérdidas indirectas ocasionadas sobre el tejido económico de toda la provincia: comercios, restaurantes, empresas de servicios, y actividades complementarias que se verían afectadas por el descenso en la afluencia de todo tipo de huéspedes.
Aesvat, además, advierte de la posible interpretación errónea por parte del Registro de la Propiedad de Salamanca que solicita tanto la autorización autonómica como la licencia municipal para permitir la inscripción de arrendamientos anunciados en plataformas digitales. En este sentido, el artículo 9.5 del Real Decreto 1312/2024 establece expresamente que puede aportarse uno u otro título habilitante. Esta exigencia añadida está generando una inseguridad jurídica para los empresarios de viviendas, al imponer un requisito añadido no previsto legalmente.
"La implementación del marco legal europeo debe ir acompañada de mecanismos de flexibilidad y coordinación institucional que eviten perjuicios innecesarios a un sector que contribuye activamente a la dinamización económica y turística del entorno local”, apuntan desde Aesvat, donde advierten de que la capital salmantina, donde el turismo representa un “pilar fundamental” de su economía, se ve especialmente afectada por esta situación.
Empresarios de VUT y AT y, como consecuencia indirecta, negocios locales que dependen de la afluencia de turistas, están viendo mermados sus ingresos por una normativa que, si bien busca la transparencia, está siendo aplicada sin el solicitado soporte institucional.
El informe recoge una serie de propuestas a la Administración orientadas a la mejora del sistema, como la simplificación administrativa, unificando los requisitos solicitados, la agilización del registro y actualización del censo turístico, el establecimiento de un protocolo entre la Junta de Castilla y León, las plataformas digitales y las asociaciones sectoriales, el desarrollo de un portal único de verificación que permita validar automáticamente los números de registro en las plataformas, y la implantación de un sistema de advertencia previa, que contemple un plazo de subsanación razonable antes de la retirada de anuncios por causas administrativas, entre otros.
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