Política municipal

El PSOE promueve una moción de censura en Bejar para desalojar al PP de la alcaldía

La iniciativa, firmada por diez ediles, siete de ellos socialistas, alegan la pérdida de confianza en el regidor Luis Francisco Martín y su "nefasta" gestión

Imagen del exterior de la casa consistorial de Béjar
Imagen del exterior de la casa consistorial de BéjarWikipediaLa razón

Diez concejales del Ayuntamiento de Béjar presentaron una moción de censura contra el actual alcalde, Luis Francisco Martín Hernández (PP), y propusieron como candidato alternativo a la Alcaldía al socialista Antonio Cámara López.

El escrito fue registrado ayer lunes y cuenta con la mayoría absoluta de la Corporación, conforme al artículo 197 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

La moción está firmada por los siete ediles del Grupo Municipal Socialista (Antonio Cámara, Ana María Vicente, José Luis Rodríguez, Rosa María Sánchez, Luis Hernández, Rosa María Torres y José Ángel Castellano), además del concejal de Tu Aportas, Javier Garrido, y dos concejalas no adscritas, Olga García y Araceli Dorado.

En el texto se alega una “pérdida de confianza” en el actual regidor por el “incumplimiento de compromisos fundamentales”, una “carencia absoluta de gestión” y una situación “insostenible” en la ciudad.

También se critica la ausencia de presupuestos en los dos primeros años de mandato, el deterioro de servicios públicos, el estado de espacios emblemáticos como La Covatilla o el Bosque de Béjar, y la presencia de asesores “sin relación contractual” cuya actuación fue objeto de una comisión de investigación.

Los proponentes acusan al equipo de Gobierno de no haber ejecutado acuerdos plenarios ni entablado diálogo con el resto de grupos, y sostienen que Béjar sufre un “deterioro institucional” con “falta de limpieza, desbroces, inversiones” y una “gestión catastrófica” del patrimonio municipal.

El candidato propuesto, Antonio Cámara, formalizó su aceptación en el mismo documento, en el que los firmantes solicitan al secretario general de la Corporación que autentique las firmas y certifique que se cumplen los requisitos legales.

La moción deberá debatirse en un pleno convocado con al menos cinco días hábiles de antelación desde su registro, según establece la legislación vigente.