Decreto

Sanidad eliminará el plazo de 24 horas para el traslado de cadáveres

Con este paso actualizará una norma que data de 2005 y se adaptará a la regulación de otras autonomías

Alejandro Vázquez, consejero de Sanidad
Alejandro Vázquez, consejero de SanidadRubén CachoAgencia ICAL

La Consejería de Sanidad prepara un decreto para suprimir el plazo de espera de 24 horas para el traslado de cadáveres.

Objetivo: facilitar este trámite en un momento difícil para familiares y allegados que desean que el cuerpo sea enterrado fuera del territorio de Castilla y León.

De hecho, durante los pees momentos de la pandemia de Covid este requisito se eliminó de manera transitoria, ante el elevado número de muertes.

Para ello, Sanidad ha puesto en marcha el proceso de consulta pública para elaborar una normativa que modifique la actual sobre policía mortuoria, aprobada en 2005, una vez que la Junta hace tiempo que sustituyó la autorización para el traslado de cadáveres por una comunicación previa.

Además, quiere atender a la necesidad de actualizar la normativa en materia de traslado de cadáveres con la de otras comunidades, toda vez que autonomías como Madrid ya lo han quitado; adaptarse a las modificaciones demandadas por las empresas prestadoras de servicios funerarios, y reorientar determinados aspectos del decreto actual.

La decisión coincide con la aprobación este mismo mes, el 2 de febrero, de una proposición no de ley del Grupo Socialista en las Cortes de Castilla y León en la que se insta a la Junta a que se elimine el plazo mínimo de 24 horas para el traslado ordinario de cadáveres fuera de la Comunidad.

También, se pide al Gobierno de España que pacte con las comunidades autónomas en la Comisión de Salud Pública la adecuación a la Guía de Consenso sobre Sanidad Mortuoria, aprobada hace casi cinco años.

No es la primera vez que la Consejería de Sanidad arranca con el proceso. Ya a finales de 2018 abrió un período de consulta, aunque la modificación del decreto se vio paralizada por la crisis del Covid, y hace un año manejó un borrador que no llegó a ver la luz.

La decisión sigue los pasos de la guía nacional, evaluada por todas las comunidades autónomas, en el marco de la ponencia de Sanidad Exterior-sanidad mortuoria, y aprobada por la Comisión de Salud Pública en julio de 2018. Planteaba la eliminación de las 24 horas para proceder a la conducción ordinaria o al traslado de un cadáver, y que los traslados puedan ser efectuados en féretro común.

Inhumación en tierra

El borrador del decreto que manejaba en 2018 la Consejería de Sanidad, al que tuvo acceso Ical, incluía, entre otras novedades, permitir enterramientos directamente en tierra por motivos religiosos, bajo las condiciones que determine la administración que actúe como policía sanitaria mortuoria.

El borrador de 2021, preveía evitar que los nuevos crematorios se levanten a menos de 200 metros de los núcleos de población y en espacios vulnerables, y rebajar la distancia de 15 metros exigida ahora entre cementerios y edificios residenciales en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Los dos textos recogían demandas del sector como el reconocimiento de la figura del tanatopractor, de modo que estos profesionales, con título acreditado, puedan encargarse de las prácticas de conservación transitoria y embalsamamientos, que hasta la fecha sólo puede hacer un médico.

Con este paso, se avanzaría en la profesionalización del sector en la Comunidad, algo que también está regulado ya en autonomías como Andalucía, La Rioja y Galicia, entre otras.