El desafío independentista

El Supremo revisará por primera vez los permisos de Forcadell para salir de la cárcel

El juez de vigilancia penitenciaria de Lleida envía al TS el recurso de la Fiscalía contra la aplicación del artículo 100.2

Protesta por encarcelamiento de Carme Forcadell
La ex presidenta del Parlament de Catalunya, Carme Forcadell, saluda a su llegada al centro penitenciario de Wad-Ras después de un permiso para realizar tareas de voluntariado.Marta PerezEFE

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha comunicado que será el Tribunal Supremo (TS) el encargado de revisar, por primera vez, los permisos penitenciarios de los presos independentistas. Hasta ahora estas labores siempre habían ido a cargo de la Justicia catalana.

Según han informado fuentes del TSJC, el juez de vigilancia penitenciaria de Lleida se inhibió del caso y envió al Supremo el recurso de la Fiscalía contra la aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario a Carme Forcadell . Hasta ahora, todos los recursos contra los permisos de los presos políticos se habían resuelto en Cataluña, lo que desesperaba la fiscalía del Supremo porque consideran que los presos independentistas no deberían tener acceso.El TS aún no se ha pronunciado.

En su recurso, la fiscalía de Lleida argumentaba que la aplicación de este artículo es ‘excepcional’ y que ‘debe fundamentarse en un programa específico de tratamiento’. En este sentido, considera que, al haber sido condenada por sedición a once años y medio de prisión, ‘el programa debería tener como finalidad enseñar al penado a respetar la ley’ y que no es así.

El juez de vigilancia penitenciaria de Lleida ya había avalado que Forcadell pudiera salir de la cárcel para hacer tareas de voluntariado y cuidar su madre. Argumentaba que Forcadell ha aceptado ‘no sólo los hechos, sino el error y la equivocación en la vía, medios y forma utilizados para alcanzar el objetivo de la independencia del Estado de forma unilateral’. El texto del auto añadía que Forcadell ‘reconoce el delito sin desviaciones, ha hecho un análisis funcional y crítico de su conducta delictiva’ y ‘ha abandonado la vida política’. Por ello concluye que en su caso está ‘suficientemente justificada una flexibilización del régimen ordinario’. Con todo, la fiscalía presentó un nuevo recurso y el juez ha decidido enviar la cuestión al Supremo con su pronunciamiento recogido en la resolución judicial.