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Tribunales

Rechazan recusar al magistrado de la causa contra Puig y Barceló por la falta de medios anticovid

El querellante pidió que fuera eliminado del caso al haber sido nombrado por el Botànic

El magistrado Vicente Torres
El magistrado Vicente Torreslarazon

El Tribunal Superior de Justicia valenciano ha rechazado la recusación de Vicente Torres como magistrado en la causa abierta por las querellas presentadas contra el president de la Generalitat, Ximo Puig, y la consellera de Sanidad, Ana Barceló, por falta de medios en la prevención contra la covid-19.

Uno de los querellantes recusó al instructor al cuestionar su imparcialidad, ya que argumentaba que el magistrado fue nombrado por los partidos del Botànic (PSPV, Compromís y Unides Podem) y consideraba que podía tener interés “directo o indirecto” en la causa.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCV, en un escrito al que ha tenido acceso Efe, señala que el magistrado fue nombrado por el Consejo General del Poder Judicial y no por la Asamblea legislativa correspondiente, por sus “más de diez años de ejercicio profesional” en la Comunitat y “no por su adscripción a un determinado partido político”.

Añade que tras su nombramiento, Torres “adquirió la condición de magistrado con todos los derechos y obligaciones que impone el cargo, entre ellos su independencia e inamovilidad, sin que exista condicionamiento alguno por el cauce de su nombramiento, y mucho menos ningún tipo de dependencia hacia los partidos que hayan podido votar” su inclusión en una terna de entre cuyos miembros el Consejo “con total autonomía” elige a la persona idónea.

Añade que, atendiendo a la documentación periodística que aporta el querellante, “resulta que efectivamente la terna en su conjunto se aprobó con los votos favorables de los llamados partidos del Botànic, pero llama la atención que el grupo popular votó en blanco, es decir, ni a favor ni en contra, lo que nos lleva a pensar que no tenía objeción contra el mismo, ni contra los demás propuestos”.

Reprocha asimismo que los querellantes hablen de una “órbita política” del magistrado “presunta o supuesta”, sin aportar otro medio “objetivo” para la recusación.

También cuestiona que los recusantes apoyen su tesis aludiendo a otro caso, el de la recusación del magistrado Enrique López para el enjuiciamiento del llamado caso Gürtel, que a su juicio “dista mucho” de la situación de Torres.

En el caso de López, considera el tribunal, “fue nombrado de forma directa a instancias del Partido Popular miembro del Tribunal Constitucional y del Consejo General del Poder Judicial”, y estuvo percibiendo una cierta remuneración de la Fundación FAES.

Precisa además que dicho caso “vinculaba o podía acabar vinculando de una manera directa a ese mismo partido, por lo que realmente vemos que el caso dista mucho de guardar relación con el presente”.

Por todo ello, el TSJCV determina la inadmisión de la recusación de Vicente Torres, e impone a los querellantes el pago de las costas procesales al recusante.