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Calcule lo que le debe el banco en comisiones de apertura y gastos abusivos

Los clientes a los que su entidad financiera les cobró más de la cuenta ya pueden reclamar si las cláusulas fueron declaradas abusivas. Además, las costas del juicio corren a cargo del banco

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Una mujer pasa por delante de una inmobiliaria de venta y alquiler en BilbaoLuis TejidoEFE

La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) volvió a dar la razón al consumidor. Los bancos deberán devolver al cliente las cantidades pagadas en concepto de gastos de hipoteca a raíz de una cláusula declarada abusiva salvo que el derecho nacional disponga lo contrario. En 2015, el Tribunal Supremo estableció que era nulo y abusivo que los bancos cargaran al cliente con la totalidad de los gastos de formalización. Sin embargo, el criterio fue cambiando a lo largo del tiempo y las cantidades que se podían reclamar cada vez eran menores. Finalmente, en 2019 se fijó el reparto de los gastos de manera que los consumidores solo podían reclamar la mitad del coste de la formalización, excluido el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, señala la OCU.

La reciente sentencia tiene dos interpretaciones. Por un lado, se puede entender que el fallo de la Justicia europea corrige al Supremo y establece que, si la cláusula fue declarada abusiva, todos los gastos deben ser reembolsados al consumidor afectado. No obstante, teniendo en cuenta la excepción “salvo que el derecho nacional disponga lo contrario”, numerosos abogados están entendiendo que la sentencia del TJUE avala al Supremo. Como el derecho nacional establece que el cliente tenía que pagar algunas costas (como hace la jurisprudencia del Supremo), permite que “se deniegue al consumidor la restitución de la parte de dichos gastos”, recuerda el comparador. En tal caso, el reembolso solo sería de la mitad de los gastos abanados. Así lo interpreta el comprador online Helpmycash que dispone de una calculadora para conocer cuánto le debe su entidad bancaria.

¿Qué gastos se pueden reclamar?

Helpmycash señala que si le cobraron más de la cuenta tiene derecho a recuperar los siguientes gastos: la mitad de los de notaría; la mitad de los de gestoría, todos los de registro. La OCU y otras asociaciones de consumidores también incluyen la tasación. Por otro lado, también se puede recuperar la comisión de apertura de considerarse abusiva por una redacción poco clara o incomprensible y si su cobro no responde a servicios prestados o gastos incurridos. Será el banco el que deba acreditar que se cumpla este último requisito.

Además, el TJUE determinó que los consumidores quedan exentos de las costas judiciales en los litigios que tratan de dilucidar si una cláusula es nula o no para evitar el efecto disuasorio. La cobertura será válida si la sentencia es favorable al afectado, que en muchas ocasiones acudía en busca de asesoramiento y decidía no reclamar porque los costes del abogado y el juicio superaban la cantidad a recuperar.

Calcule la devolución

Para hacerse una idea de cuánto dinero podría reclamar, la calculadora de devolución de gastos hipotecarios de Helpmycash muestra la suma orientativa que podría recuperar. El cálculo es gratuito y son necesarios los siguientes datos: el importe de la hipoteca, el año en la que la firmó, el banco en el que tiene la hipoteca y la provincia en la que está el inmueble. El usuario recibirá un informe personalizado con los pasos a seguir para interponer la reclamación. El comparador online pone un ejemplo práctico. Para un hipoteca de 150.000 euros contratada en 2010 en la que el banco cobró más gastos de constitución de los que debía, la devolución debería ascender a 430 euros en gastos de notaría, 375 euros en gastos de registro y 200 en gastos de gestoría. En total, 1.005 euros.

Además, si su comisión de apertura fuera declarada abusiva, podría recuperar lo pagado por ella. En este ejemplo, para una comisión media del 0,5%, su coste sería de 750 euros. No obstante, la comisión de apertura puede ser mayor, alcanzando un 2% o 3%. En tal caso, la devolución sería de hasta 4.500 euros para una hipoteca de 150.000 euros con una comisión de apertura del 3%. Para tener el montante final, a los gastos de registro y la comisión de apertura hay que sumarle el ahorro de las costas procesales.

Cómo reclamar

Los afectados a los que beneficia la reciente sentencia deberán haber firmado la hipoteca antes del 16 de junio de 2019 y haber pagado más costas de las que les tocaban (registro, notaría y gestoría). La primera vía para reclamar es acudir al Servicio de Atención al Cliente de su entidad. Si no recibe una respuesta en un plazo de dos meses (o nos rechazan la petición), podrá presentar una demanda judicial. El plazo para reclamar es de cinco años desde que se declara la nulidad de la cláusula.