Seguros

Seguro de vida: qué impuestos hay que pagar al cobrarlo

Esta póliza resulta muy útil para evitar que las deudas hipotecarias recaigan sobre los herederos tras el fallecimiento del titular

Los seguros de vida con capital decreciente, son muy habituales cuando se contratan vinculados a una hipoteca o préstamo
Los seguros de vida con capital decreciente, son muy habituales cuando se contratan vinculados a una hipoteca o préstamoLa Razón

Asegurar la propia vida quizás es una de las decisiones más importantes que se toman para proteger a los allegado en caso de fallecimiento, así como ante riegos como accidente, enfermedad grave, e incapacidad. Este colchón aporta cierta tranquilidad en un momento tan complicado como la muerte de un familiar y resulta especialmente útil para que las deudas hipotecarias no recaigan sobre los herederos y para dejar como herencia una buena suma de dinero. En el procedimiento para cobrar el seguro hay que tener en cuenta que esa cuantía no está libre de impuestos, por lo que deberá abonar del impuesto de sucesiones, explica la plataforma de reclamaciones online Reclamador.es.

Impuesto de sucesiones

Si el beneficiario es una tercera persona, dependiendo de la comunidad autónoma y el grado de parentesco con la persona fallecida, se calculará la cantidad a abonar y se aplicarán las diferentes bonificaciones que existen para este tributo. Se trata de un impuesto de carácter progresivo, por lo que cuanto más se hereda, más se paga. Aunque no existe un gravamen fijo, la normativa estatal establece una tarifa de entre el 7,65% y el 34%. El plazo para pagar este impuesto es de 6 meses desde el momento del fallecimiento del causante. También existe la opción de solicitar una prórroga de otros 6 meses para poder liquidarlo, pero hay que pedirla en los 5 primeros meses.

Cuando el beneficiario del seguro de vida es la misma persona que lo contrata, no se paga el impuesto de sucesiones pero debe tributarpor ello en el IRPF. En este caso, el porcentaje a abonar dependerá de la cantidad total a percibir en el momento del cobro de este seguro.

El seguro de vida vinculado a la hipoteca

Otra opción frecuente es que el tomador del seguro ponga como beneficiario a la entidad bancaria en la que tiene la hipoteca, explica Reclamador.es. Un motivo para hacerlo es que exista la obligación para concederle la hipoteca, por ejemplo, porque con su contratación se reduce el diferencial. Si no quiere dejar deudas a sus herederos esta es una opción recomendable, ya que “el banco es quien recibe esa cantidad con el fin de amortizar la hipoteca tras su fallecimiento”, señala Reclamador.es.

Herencia: plusvalía municipal

Si se recibe la indemnización del seguro de vida por fallecimiento del titular, sus familiares también deberán hacer frente al pago de otros impuestos ligados a la herencia. Además del impuesto de sucesiones, si la herencia recibida contiene un terreno de naturaleza urbana, por ejemplo, una vivienda o garaje, habría que liquidar el impuesto de plusvalía municipal, también en un plazo de seis meses cuando se produce por mortis causa.