Congreso

Las empresas morosas podrán acceder a subvenciones de fondos europeos

Tendrán que corregir la situación de impagos en seis meses: si no, deberán devolver el dinero recibido

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Calviño, sobre los condenados de ETA en las listas de Bildu: "No queremos volver atrás"Europa Press

Las empresas que no estén al corriente de pago podrán beneficiarse de subvenciones superiores a 30.000 euros procedentes de fondos europeos tras la reforma legal aprobada este jueves en la Comisión de Economía del Congreso de los Diputados, en el marco de la tramitación de la ley para la creación de la Autoridad del Cliente Financiero. En concreto, a través de una enmienda transaccional pactada entre PSOE, Podemos, ERC, PDeCat y Ciudadanos, se modifica la Ley General de Subvenciones para poder habilitar a empresas morosas al cobro de ayudas.

La enmienda es una disposición transitoria para la aplicación del artículo 13.3 bis de la Ley General de Subvenciones: lo que hace es habilitar a las empresas con pagos pendientes a cobrar las ayudas previstas en el decreto ley 20/2022 (reguladas en el artículo 59) para hacer frente a los costes adicionales debido al aumento del precio del gas natural. "Podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora sin cumplir los requisitos en el artículo 13.3 bis de la Ley General de Subvenciones", reza el texto de la enmienda. Ese artículo 13.3 bis expone que para acceder a subvenciones superiores a los 30.000 euros, las empresas deben acreditar que cumplen con los "plazos de pago" que se establecen en la Ley (60 días).

No obstante, la propia enmienda matiza: dichos requisitos establecidos, que pasan por estar al corriente de pago, serán exigibles a los seis meses desde el cobro efectivo de la subvención y su incumplimiento en dicho plazo constituirá causa de reintegro total de la subvención.

La influyente Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM), que dirige Antoni Cañete, ha aceptado que se flexibilice la Ley para que las empresas morosas accedan a subvenciones, siempre y cuando sea una modificación temporal de máximo seis meses, y si con ello resuelven sus problemas de morosidad. "Si esto está generando en determinadas empresas un problema en el otorgamiento de las subvenciones, podemos flexibilizar en este sentido, pero únicamente si esta modificación se acota temporalmente", ha recalcado.