Empleo

Esto es lo que puede hacer si trabaja más horas de las que pone en su contrato

Los trabajadores a tiempo parcial podrán realizar horas complementarias

Seguridad para trabajadores en Roadis
Seguridad para trabajadores en RoadisRoadis

Trabajar muchas más horas de las que se establecieron en el contrato laboral es la realidad que sufren constantemente miles y miles de trabajadores en nuestro país. Y es que no es de extrañar que hayamos llegado a una empresa y nos hayan dicho de firmar un contrato de media jornada –de unas 30 horas–, a pesar de que vamos a tener que trabajar a tiempo completo, cobrando el resto del salario en "negro" o ni siquiera percibiendo una remuneración por estas horas adicionales. Pero, ¿qué puede hacer el asalariado en estos casos?

El contrato de trabajo "se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable", tal y como establece el artículo 12.1 del Estatuto de los Trabajadores. La jornada completa en España es aquella en la que el empleado trabaja 40 horas a la semana, por lo que el trabajador a tiempo parcial no podrá exceder estas horas semanales.

No obstante, los trabajadores a tiempo parcial si que podrán realizar horas complementarias, siempre y cuando se hubiera pactado de manera expresa con ellos y, necesariamente, por escrito. El número de horas complementarias pactadas no podrá exceder del 30% de las horas ordinarias de trabajo objeto del contrato y nunca llegando a superar las 40 horas semanales. Pese a ello, los convenios colectivos podrán aumentar este límite hasta un máximo del 60% de las horas ordinarias contratadas –en ningún caso, podrá ser inferior al citado 30%–.

Si un trabajador firma un contrato de trabajo a tiempo parcial, pero en realidad presta servicios a tiempo completo, se tratará de un caso de irregularidad legal o fraude, tal y como explica a LA RAZÓN la letrada del departamento laboral y de Seguridad Social de Legálitas, Amparo Iglesias Bonora. Por tanto, recomienda a estos trabajadores "guardar toda la prueba posible" como fichajes, correos o mensajes de WhatsApp, entre otros, que justifiquen esta jornada a tiempo completo; y presentar una denuncia en la Inspección de Trabajo.

"Si el inspector se persona en el centro de trabajo y ve que hay un trabajador a tiempo parcial trabajando fuera de su jornada, puede de oficio modificar ese contrato y que pase a ser de jornada completa", asevera Iglesias Bonora. Asimismo, también se sancionará a la empresa por tener a un empleado excediendo la jornada laboral que le correspondería realizar.

El empresario, por su parte, tiene la obligación de registrar la jornada de los trabajadores y conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un periodo mínimo de cuatro años. "En caso de incumplimiento de las referidas obligaciones de registro, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios", tal y como establece el artículo 12.4.c) del ET.

Si al trabajador deciden despedirle tras presentar una denuncia en la Inspección de Trabajo, este despido será considerado nulo. Por tanto, la empresa tendría que readmitir al trabajador.

¿Pero qué pasa si tengo un contrato a tiempo completo pero me hacen trabajar más horas?

Los trabajadores que tengan un contrato de 40 horas semanales deben saber que las horas extraordinarias siempre son de prestación voluntaria, siempre y cuando no sean de fuerza mayor para prevenir o reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes, como el riesgo de pérdida de materias primas; ya que, en tal caso, será obligatoria su realización. Si no quiero realizarlas, no podrán penalizarme por ello.

Asimismo, las horas extraordinarias están limitadas. "El número máximo de horas extraordinarias al año a realizar por un trabajador será de 80. No se computarán a estos efectos las que hayan sido compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización", explican desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social.