Impuestos
Hacienda lo confirma: estos son los trabajadores que están exentos de pagar el IRPF
El Gobierno de España ha implementado exenciones en el IRPF para ajustar la tributación en función de las circunstancias personales y económicas de cada ciudadano.
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es una obligación fiscal o retención que se aplica a los rendimientos económicos fruto del trabajo. Estas retenciones, que se practican en la nómina, no son el pago del impuesto final, sino un adelanto que se ajusta una vez el contribuyente presenta su declaración de la renta al final del ejercicio fiscal. El impuesto se establece en el artículo 17 de la Ley 35/2006de manera progresiva, es decir, a mayor ingreso, mayor es la retención aplicada.
En este orden de ideas, hay situaciones en las que la Agencia Tributaria no aplica retenciones en el IRPF para ciertos trabajadores. Esto depende de los ingresos anuales y las circunstancias personales y familiares de cada contribuyente, excepciones reguladas en el artículo 81 del Real Decreto 439/2007. Allí se fija los límites para los trabajadores exentos de retención en sus nóminas.
Cabe destacar que paquete de medidas de alivio fiscal más grande que se ha hecho recientemente llego en 2022 de cara a la crisis económica desencadenada por la guerra en Ucrania. Sin embargo, este año Hacienda eleva y actualiza el mínimo exento del IRPF.
¿Quién está exento de retención de IRPF en 2024?
Para el año 2024, el Ministerio de Hacienda, bajo la dirección de María Jesús Montero, ha elevado el mínimo exento del IRPF a 15.876 euros anuales, en consonancia con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esta medida, regulada en el Real Decreto 142/2024, de 6 de febrero, implica que los trabajadores que perciban ese salario o menos no estarán sujetos a retenciones del IRPF en sus nóminas.
Según la página web de La Moncloa, el impacto de la medida beneficiará a unos 5,2 millones de contribuyentes, incluidos trabajadores con contratos temporales o a tiempo parcial, así como pensionistas. El ahorro total previsto para los contribuyentes es de 1.385 millones de euros en el presente año, lo que supone un alivio significativo para las economías domésticas más vulnerables.
Otro dato importante es que Hacienda establece que no se aplicarán retenciones en el IRPF a aquellos contribuyentes cuyos rendimientos del trabajo no superen ciertos límites anuales, los cuales dependen de la situación personal del trabajador, como su estado civil o el número de hijos o descendientes a su cargo.
- Contribuyentes solteros, viudos, divorciados o separados legalmente: Si el trabajador tiene un hijo, estará exento de retenciones si sus ingresos anuales no superan los 17.644 euros. Si tiene dos o más hijos, el límite asciende a 18.694 euros.
- Contribuyentes cuyo cónyuge no percibe rentas superiores a 1.500 euros anuales: Si el trabajador tiene un hijo y su cónyuge no tiene ingresos considerables, no se aplicarán retenciones si los ingresos del contribuyente no superan los 18.130 euros. Con dos o más hijos, el límite sube a 19.262 euros. De no tener hijo alguno el límite se reduce a 17.197.
- Otras situaciones: Para aquellos que no encajan en las categorías anteriores, como trabajadores solteros sin hijos, el límite de exención es de 15.876, euros anuales, 16.342 si tienen un hijo y 16.867 euros si tienen dos o más hijos.
Otras Rentas exentas en el Artículo 7 de la Ley de IRPF
El Artículo 7 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) establece una serie de rentas que están exentas de tributar en este impuesto fuera de las nóminas. Entre las principales rentas exentas se incluyen las indemnizaciones por despido, las prestaciones por incapacidad permanente o gran invalidez reconocidas por la Seguridad Social, y las pensiones por inutilidad de clases pasivas.
Asimismo, se encuentran exentas las becas para estudios o investigación, las indemnizaciones por daños personales derivados de accidentes o responsabilidad civil, y las indemnizaciones por actos de terrorismo o guerra. Además, desde 2018, las prestaciones por maternidad y paternidad están también exentas de IRPF, una medida que busca apoyar a las familias en momentos importantes de su vida laboral y personal.
Finalmente, otras rentas exentas incluyen las indemnizaciones por traslado de empleados, las prestaciones por desempleo en pago único cuando se destinan a iniciar una actividad económica, las remuneraciones percibidas por trabajos realizados en el extranjero, hasta un límite de 60.100 euros anuales, las prestaciones por orfandad y las ayudas a personas con discapacidad, las ayudas públicas otorgadas por emergencias o catástrofes, y los premios literarios o científicos de prestigio también están exentos de tributación.
¿Cuándo estoy exento de pagar IRPF en la nómina?
En algunos casos, aunque el trabajador esté exento de retención según los límites mencionados, puede suceder que se apliquen retenciones en la nómina de manera incorrecta. Si esto ocurre, el trabajador estaría adelantando más dinero del necesario a Hacienda. Sin embargo, esto no implica una pérdida, ya que al presentar la declaración de la renta, Hacienda ajustará la cantidad que corresponde realmente y devolverá el exceso retenido.
A pesar de que el dinero se recupera, es recomendable revisar la nómina y, en caso de detectar retenciones incorrectas, consultar con la empresa o un asesor fiscal para corregir la situación. De esta manera, se puede evitar una retención innecesaria y mejorar la liquidez mensual del trabajador.
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