Impuestos
¿Has recaudado fondos para los afectados por la DANA? Cuidado, podrías pagar más impuestos en la próxima Renta
Las donaciones en cuentas personales aumentarán la base imponible del particular. Los contribuyentes que no hayan enviado dinero directamente a una ONG oficial no podrán deducirse los importes
Se cumplen dos semanas de la DANA de Valencia, un desastre que ya acumula más de 220 muertos y registra daños materiales valorados en millones de euros (2.600 millones solo en infraestructuras según la primera estimación del Gobierno). A pesar de la catástrofe que han supuesto las inundaciones, esta situación ha sacado a relucir la solidaridad de miles de españoles, tanto los que han acudido a limpiar el barro como los que han organizado donaciones de alimentos o productos de primera necesidad.
Sin embargo, aquellos ciudadanos que hayan decidido colaborar económicamente recogiendo o donando dinero a través de Bizum, redes sociales o plataformas de crowdfunding (sumas que en algunos casos superan los 400.000 euros de recaudación) puedenenfrentarse a varios problemas fiscales, según informan los expertos de TaxDown.
Desde la plataforma avisan que los contribuyentes que no hayan enviado dinero directamente a una entidad beneficiaria de mecenazgo u ONG no podrán deducirse esos importes en su declaración de la Renta del año que viene, ya que los ha hecho a un particular y, por tanto, no se le aplicaría la deducción por donaciones que establece la Agencia Tributaria, que permite deducir hasta el 80% de los primeros 250 euros donados a organizaciones sin ánimo de lucro, y un 40% para cantidades superiores.
Por ejemplo, una persona que haya decidido donar 400 euros por primera vez a una ONG para ayudar a los afectados por la DANA recibirá un total de 260 euros en su renta del año que viene: 200 euros por los primeros 250 euros donados (80%), y 60 euros por los siguientes 150 euros (al 40%).
Por otro lado, los particulares que hayan recibido dichas donaciones en sus redes sociales (ya sea a través de Bizum o transferencia bancaria) pueden enfrentarse al pago de impuestos en su Renta del año que viene, ya que si no lo han justificado como donación, Hacienda podría categorizarlo como ingreso no justificado, por lo que tendrían que pagar el IRPF correspondiente según su comunidad autónoma. Aparecerán incluidos en la casilla 304 correspondiente a “otras ganancias y/o pérdidas patrimoniales imputables: importe ganancias”.
De este modo, un valenciano que haya recibido 15.000 euros en donaciones podría enfrentar un pago de más de 5.700 euros en impuestos en su Renta del año que viene, ya que estos ingresos no estarían sujetos a ningún tipo de retención si no se pueden liquidar como una donación ni se pueden justificarlos como tal.
Ángel Gaitán, uno de los casos más sonados
Gaitán es un conocido mecánico de Tiktok comprometido con los derechos de los consumidores en el sector automotriz. En su perfil comparte, entre otras cuestiones, consejos para conductores y críticas prácticas cuestionables de algunas marcas.
En los últimos días ha estado en el foco de atención al haber reunido más de un millón de euros en donaciones que destinaría a comprar material de ayuda para los damnificados por la DANA. Sin embargo, el influencer organizó dichas donaciones como compras de productos de su empresa, por lo que el dinero se ha registrado como ingresos para su negocio y, por lo tanto, está sujeto a impuestos. En consecuencia, en la Renta del próximo ejercicio tendrá que asumir una mayor tributación, ya que las ventas de su empresa se dispararon al usarlas como donaciones para la DANA.
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