Vivienda
El índice de referencia para actualizar el precio de los alquileres sube en julio al 2,15%, pero aún se sitúa por debajo de la inflación
El indicador sube a uno de los niveles más altos desde que se ha empezado a publicar
Una vez más, los alquileres ya firmados se encarecerán por debajo de la inflación general. Los alquileres que se revisen ahora utilizando el nuevo índice de referencia de arrendamiento que elabora el Instituto Nacional de Estadística (INE), que se aplica a los contratos firmados tras la entrada en vigor de la Ley de Vivienda el 25 de mayo de 2023, podrán subir hasta un 2,15%, según el nuevo dato correspondiente a julio difundido hoy por el organismo estadístico. Esta nueva referencia, aunque de las más altas del año, es inferior a la inflación general registrada en julio, que aceleró hasta el 2,7% por el alza del precio de la energía y los carburantes, según el dato confirmado este miércoles por el INE.
Este nuevo valor se encuentra entre los más altos de los que ha publicado hasta la fecha el instituto estadístico. Desde que entró en vigor este índice de referencia de arrendamiento, las subidas han sido del 2,2% en noviembre, del 2,28% en diciembre, del 2,19% en enero, del 2,08% en febrero, del 1,98% en marzo, del 2,09% en abril, del 1,99% en mayo, del 2,1% en junio y del 2,15% en julio.
Con este índice, las actualizaciones de los alquileres están limitadas a subidas muy moderadas e inferiores a la inflación. El sector inmobiliario considera que estos límites tan agresivos agravan aún más el problema de oferta de vivienda que sufre España, ya que empuja a los arrendadores a buscar otras modalidades para obtener mayor rentabilidad de su vivienda.
La Ley por el Derecho a la Vivienda, más conocida como Ley de Vivienda, establece que el INE es el encargado de definir un índice de referencia para la actualización anual de los contratos, con el objeto de evitar incrementos desproporcionados. De este modo, los contratos de alquiler que vayan a actualizar su renta y que hayan sido firmados desde la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 25 de mayo de 2023, deberán usar ya este nuevo índice para revisar su anualidad, que establece que los propietarios podrán aplicar como máximo la subida del 2,15%.También existe la posibilidad de prorrogar la renta durante cinco años si el propietario de la vivienda es un particular o hasta siete años si se trata de un gran inversor.
El índice de referencia que se utiliza es el mínimo valor entre la tasa de variación anual del índice de precios de consumo (IPC), la tasa de variación anual del IPC subyacente y la tasa de variación anual media ajustada.
El INE publica mensualmente el índice de referencia que se utilizará como límite para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda, expresado con dos decimales, utilizando los últimos datos mensuales disponibles.
Para que propietarios e inquilinos puedan calcular fácilmente cómo se actualiza la renta del alquiler, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana cuenta con una herramienta web para que arrendadores y arrendatarios conozcan cuál es el precio máximo que puede actualizarse la renta del alquiler en virtud del contrato de arrendamiento acordado.
Cálculo
La herramienta tiene en cuenta para calcular las actualizaciones el índice de precios de consumo (IPC) y el índice de referencia de arrendamientos de vivienda (IRAV). Los contratos que hayan sido firmados antes de la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda y a los que, por tanto, no afecta el nuevo índice, seguirán actualizando su renta anual con el dato del Índice de precios al consumidor (IPC) o el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), según conste en el contrato de alquiler firmado.
En función de lo que los inquilinos hayan firmado en los contratos de alquiler previos a mayo de 2023, la revalorización anual de esta renta se hará usando el dato de la inflación a fecha de cada actualización o el IGC, que nunca podrá ser superior al 2%.
Antes de la creación de este índice, el Ejecutivo ya limitó a través de un Real Decreto-Ley la actualización anual de los contratos de arrendamiento para 2022 y 2023 en función del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que está topado al 2% y nunca podrá ser inferior al 0%.