Hacienda

Maria Cristina Clemente, notaria: "Sacar dinero de la cuenta de alguien antes de que fallezca te puede meter en un lío"

La retirada de fondos de cuentas antes del adiós puede tener consecuencias inesperadas con el fisco

Hacienda resuelve la duda: esta es la cantidad de dinero exacta que puedes guardar en casa legalmente
Hacienda resuelve la duda: esta es la cantidad de dinero exacta que puedes guardar en casa legalmenteLa Razón

Manejar las finanzas de familiares mayores o enfermos es una práctica común en muchos hogares. A menudo, se realiza con la mejor intención, buscando facilitar pagos o cubrir gastos urgentes. Sin embargo, una acción aparentemente inocente puede acarrear complicaciones legales y fiscales si no se gestiona adecuadamente.

En el delicado proceso de acompañar a un ser querido en sus últimos momentos, la preocupación por su bienestar y la gestión de sus asuntos es prioritaria. Pero la disposición de su patrimonio, incluso si se es cotitular de la cuenta, está sujeta a normativas estrictas que a menudo se desconocen hasta que surge el problema.

Hacienda mantiene una vigilancia atenta sobre los movimientos económicos que preceden al fallecimiento de una persona. Cualquier retirada considerable de dinero puede ser interpretada de forma que active obligaciones tributarias inesperadas para los herederos, transformando una ayuda familiar en un auténtico quebradero de cabeza.

El inesperado revés fiscal por tocar el dinero familiar

La historia de una mujer de Valencia, conocida como Ana, pone de manifiesto los riesgos ocultos en la gestión de cuentas bancarias ajenas, incluso con autorización. Ana, que gestionaba la cuenta de su madre enferma, retiró una suma considerable antes de su fallecimiento, pensando que era un procedimiento normal para tener el dinero disponible. Sin embargo, esta acción desencadenó una inspección fiscal, según apuntan desde El Español.

Según expertas en derecho sucesorio, Hacienda interpreta la disposición de fondos de una cuenta poco antes del deceso como una aceptación tácita de la herencia. Esta interpretación se basa en el artículo 11.1.a) de la Ley del Impuesto de Sucesiones, que considera parte del caudal hereditario los bienes que pertenecieron al fallecido en el año anterior a su muerte, a menos que se pueda demostrar su destino y justificación.

Si no se puede probar fehacientemente que el dinero se utilizó para cubrir necesidades del titular o fue una donación formalizada, el fisco exigirá que esa cantidad tribute dentro del Impuesto de Sucesiones. Ignorar esta obligación o retrasar la declaración puede resultar en grandes recargos o fuertes sanciones que aumentan considerablemente la factura fiscal.

Un caso resonante fue el resuelto por un Tribunal Superior de Justicia en Madrid, donde una hermana retiró una gran suma de la cuenta de su familiar fallecida antes de su muerte. A pesar de intentar renunciar a la herencia posteriormente, el tribunal dictaminó que su acción previa de mover el dinero constituía una aceptación implícita, obligándola a tributar por ello y anulando su renuncia.

Además del problema con la Agencia Tributaria, tomar dinero sin un acuerdo claro entre futuros herederos puede generar serios conflictos familiares. Si los fondos disminuyen antes del reparto formal de la herencia, el patrimonio a dividir es menor, afectando a todos los implicados y pudiendo derivar en reclamaciones legales entre parientes.

Por ello, los especialistas recomiendan encarecidamente evitar extraer dinero de las cuentas de una persona en situación terminal, salvo para gastos muy concretos y justificables. Para asegurar la transmisión de bienes, existen alternativas legales como las donaciones en vida o la recopilación meticulosa de facturas si se gestionan gastos, evitando así problemas fiscales y familiares. La transparencia y la legalidad son clave para evitar sorpresas desagradables.