Pensiones

¿Puedo cobrar una pensión de jubilación y de viudedad al mismo tiempo?

La pensión con más beneficiarios es la de jubilación, ya que concentra a más de 6,2 millones de personas

Dos pensionistas jubilados sentados en un banco
PensionistasCristina BejaranoLa Razón

Más de 9 millones de personas en nuestro país reciben una pensión contributiva de la Seguridad Social. La pensión con más beneficiarios es la de jubilación, ya que concentra a más de 6,2 millones de personas –a fecha 1 de agosto de 2023–, mientras que la de viudedad cuenta con más 1,5 millones de beneficiarios. Pero, ¿una persona puede ser beneficiaria de más de una pensión a la vez?

La pensión de viudedad es una prestación económica de carácter vitalicio que concede la Seguridad Social a aquellas personas que han tenido un vínculo matrimonial o han sido pareja de hecho del fallecido. Esta ayuda es "compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a que el mismo tuviera derecho", tal y como explican desde la Seguridad Social. Por tanto, la pensión de viudedad sería compatible con cualquier prestación que sustituya a las rentas de trabajo como las prestaciones por desempleo, así como los subsidios de incapacidad temporal (IT) , la prestación por nacimiento y cuidado del menor, el subsidio por riesgo durante el embarazo y el subsidio por lactancia, señalan desde el blog de "Mi Jubilación" de BBVA.

Aunque se reconoce expresamente la compatibilidad de la pensión de viudedad con la pensión de jubilación del nivel contributivo, existe un límite al respecto. Y es que en 2023, la cantidad máxima que se puede cobrar de las pensiones es 3.058,81 euros mensuales –42.823,34 euros anuales– en cada ejercicio. Asimismo, el importe pensión de viudedad también se limita a ciertas cuantías para reconocer su compatibilidad con la prestación de jubilación reconocida en el Régimen Especial de la Minería del Carbón.

Incompatibilidades entre ambas pensiones

"La pensión de viudedad es incompatible con las prestaciones asistenciales o no contributivas, como la pensión no contributiva de jubilación y la pensión no contributiva de incapacidad", explican desde BBVA. Esto se debe a que para poder acceder a las pensiones no contributivas es imprescindible carecer de rentas, por lo que si se es beneficiario de la pensión de viudedad con el complemento a mínimos, no será posible acceder a la pensión no contributiva.

A pesar de que las pensiones de viudedad del sistema son compatibles con las pensiones del SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez), estas lo serán hasta cierta cuantía. La suma de las prestaciones de jubilación y viudedad no puede superar el doble de la pensión mínima de viudedad para mayores de 65 años. En el caso de superarse dicho límite, "se minorará la cuantía del SOVI en el importe necesario para no exceder del límite indicado", asevera la Seguridad Social.

¿Qué consecuencias tiene en la Declaración de la Renta?

La persona que perciba ambas pensiones a la vez, a efectos de la declaración de la Renta, se considerará que provienen de dos pagadores.

Al tener dos o más pagadores, desde BBVA explican que deberán presentar la declaración de la Renta aquellos contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo –siendo inferiores a 22.000 euros–"superen los 15.000 euros anuales y procedan de más de un pagador, y los rendimientos percibidos del segundo y restantes pagadores superan en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales".