Economía

Quién puede hacer la declaración de la Renta conjunta y en qué casos

Según la Agencia Tributaria, esta elección es recomendable en ciertos escenarios, ya que ofrece beneficios que no se logran al declarar individualmente

Oficinas de la Agencia Tributaria en Madrid
Oficinas de la Agencia Tributaria en MadridDavid Jar

La elección entre presentar la declaración de la Renta de manera individual o conjunta se convierte en una decisión crucial para cada unidad familiar. Esta opción, sin embargo, no está exenta de matices, ya que implica que todos los miembros sean contribuyentes por este impuesto, a excepción de aquellos que hayan fallecido. En este último caso, su declaración deberá presentarse en modalidad individual, incluso si el resto de la unidad familiar opta por la modalidad conjunta.

La incógnita para muchos es descifrar los beneficios reales de optar por la declaración conjunta. Este trámite condensa la información en un único documento, generando un solo pago. En muchos casos, esta elección es recomendable, ya que puede brindar beneficios que no se obtendrían al realizar declaraciones independientes con los mismos ingresos por parte de cada cónyuge.

La Agencia Tributaria aclara que pueden presentar la declaración de la renta conjunta diferentes situaciones familiares:

  • Los cónyuges con vínculo matrimonial, acompañados de todos sus hijos menores de edad o mayores incapacitados judicialmente.
  • En parejas de hecho sin vínculo matrimonial, solo uno de los miembros puede formar unidad familiar con sus hijos, mientras que el otro debe declarar de forma individual.
  • En casos de separación o divorcio, la tributación conjunta corresponderá al progenitor con la guarda y custodia de los hijos en la fecha de devengo del IRPF.
  • En situaciones de guarda y custodia compartida, cualquiera de los dos progenitores puede optar por la tributación conjunta.

Para las unidades familiares con dos cónyuges e hijos menores de 18 años, la tributación conjunta puede resultar beneficiosa al permitir una reducción en la base imponible de 3.400 euros anuales. Además, este modelo de tributación brinda la oportunidad de compensar las pérdidas y ganancias en la renta de forma conjunta.

A pesar de estos beneficios, la Agencia Tributaria establece límites más estrictos para determinar la obligación de presentar la declaración. En cualquier tipo de unidad familiar, se fija un ingreso mínimo para la declaración de 5.550 euros, lo que puede ser un factor determinante al considerar la opción de tributación conjunta.