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Desempleo

El SEPE advierte: firmar el paro a un empleado que se va voluntariamente puede salir caro a las empresas

El derecho a cobrar la prestación por desempleo está condicionado a que la pérdida del empleo ocurra por causas ajenas a la voluntad del trabajador

Una oficina de empleo en Madrid Jesús G. FeriaLa Razón

Un ambiente laboral tenso, días interminables o una abundante carga de trabajo son tan solo algunos de los muchos aspectos que pueden hacer que una persona quiera renunciar cuánto antes a un empleo. No obstante, cortar por lo sano la relación con la empresa supondría no solo perder el trabajo, sino también el derecho al paro y a quedarse sin ingresos.

Muchas empresas, sin embargo, deciden certificar el paro a un trabajador que renuncia voluntariamente. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) advierte a estas compañías de que esto es un grave error.

En España, el derecho a cobrar la prestación por desempleo está condicionado a que la pérdida del empleo ocurra por causas ajenas a la voluntad del trabajador. En otras palabras: si una persona abandona el trabajo de forma voluntaria no podrá recibir la prestación por desempleo.

Sin embargo, esta regla tiene una serie de matices. Si tras la renuncia una persona trabaja en un nuevo empleo y éste finaliza por despido, fin de contrato u otras causas no voluntarias, podría recuperar el derecho al paro, siempre y cuando haya acumulado al menos tres meses de trabajo posterior a la renuncia. Pero cuidado: si los contratos posteriores no superan el período de prueba o duran muy poco, es posible que no pueda solicitar la prestación hasta que esos trabajos acumulados superen el plazo mínimo exigido por el SEPE.

Uno de los riesgos más habituales es que empleadores y empleados pacten simular un despido para que parezca que la relación laboral ha sido terminada involuntariamente. Esta práctica, conocida como "despido encubierto", es ilegal y puede tener consecuencias drásticas. Si el SEPE o Inspección de Trabajo descubren que hubo un acuerdo entre ambas partes para disfrazar la renuncia como despido, el trabajador podría tener que devolver las prestaciones cobradas, y la empresa enfrentarse a sanciones económicas e incluso perder incentivos fiscales por años.

No obstante, no todo está cerrado para quienes renuncian: la ley contempla algunas excepciones bajo las cuales la baja voluntaria sí puede abrir el derecho al paro. Estas situaciones incluyen cambios sustanciales en las condiciones de trabajo, traslados forzosos, retrasos reiterados en el pago del salario, acoso laboral, o casos de violencia de género que obliguen al trabajador a dejar su empleo. En estos escenarios, la ley equipara la renuncia justificada a un despido improcedente, permitiendo así acceder al paro si se pueden demostrar las causas.