Convivencia vecinal
¿Tengo que pagar una derrama para arreglar el ascensor si vivo en el bajo? Esto dice la Ley de Propiedad Horizontal
Este caso específico siempre está sujeto a debate debido a las implicaciones de las zonas comunes para los propietarios y el uso desnivelado de ciertos enseres, como el ascensor
La convivencia en una comunidad de vecinos puede convertirse en un pequeño laboratorio de conflictos cotidianos. Desde los ruidos inesperados hasta las discrepancias por la limpieza del portal o el uso de zonas comunes, cualquier detalle puede generar tensiones que se escalan con facilidad. Las decisiones colectivas, especialmente cuando implican gastos compartidos, ponen a prueba la capacidad de diálogo de los residentes. En edificios con más de diez propietarios estas fricciones pueden aparecer incluso ante las cuestiones más rutinarias.
Los desacuerdos suelen intensificarse cuando la situación afecta a un grupo concreto. Es habitual que quienes viven en las plantas inferiores cuestionen la necesidad de costear arreglos o mejoras de elementos que apenas usan, mientras que quienes residen en las plantas superiores consideran imprescindibles servicios como el ascensor. Estas diferencias se repiten en multitud de edificios y crean un terreno fértil para el conflicto. La falta de consenso suele obligar a convocar juntas extraordinarias que en ocasiones requieren mayorías cualificadas del 51% o incluso del 60%.
Ante escenarios tan habituales se hace evidente la necesidad de un marco legal que organice la convivencia. La Ley de Propiedad Horizontal nace precisamente con este propósito. Su objetivo es regular las relaciones entre propietarios y garantizar un sistema de toma de decisiones justo y ordenado. Esta normativa define obligaciones, derechos y criterios de reparto para los gastos comunes, y se convierte en la referencia esencial cuando surge un problema que afecta a todos. Sin esta ley el funcionamiento interno de las comunidades sería mucho más caótico e imprevisible.
¿Todos los vecinos pagan la derrama del ascensor?
Uno de los temas más recurrentes dentro de las comunidades es el pago de derramas relacionadas con el ascensor. Muchos propietarios de viviendas situadas en la planta baja suelen manifestar una negativa inicial ante la idea de financiar una reparación que consideran ajena a su uso cotidiano. Sin embargo, la Ley de Propiedad Horizontal establece con claridad que todos los propietarios están obligados a contribuir a los gastos comunes incluso cuando el beneficio directo no sea idéntico para todos. En algunos edificios existen pactos adoptados en junta que eximen a ciertos vecinos aunque estas excepciones deben constar de forma expresa para que tengan validez. Por ello es fundamental revisar los estatutos antes de oponerse a un pago de este tipo.
El coste de reparar o instalar un ascensor varía mucho según la estructura del edificio. La intervención puede oscilar desde los 14.000 si existe un hueco existente hasta los 140.000 euros cuando es necesario abrir un hueco nuevo. Estas cifras suelen justificar la preocupación de los propietarios pero también explican por qué las comunidades deben adoptar decisiones responsables y ajustadas a la normativa. En algunos casos pedir al menos 3 presupuestos permite reducir el coste final hasta un 15%.
¿Qué sucede si un vecino se niega a pagar?
No pagar la derrama puede derivar en distintos escenarios. En el mejor de los casos la comunidad puede acordar un aplazamiento o un fraccionamiento del importe si el propietario acredita dificultades económicas. En los casos más graves la deuda puede ser reclamada por vía judicial a través de un procedimiento monitorio que puede desembocar en embargos. La imposibilidad económica por sí sola no exime de la obligación legal de pagar cuando la derrama ha sido aprobada correctamente. Incluso en situaciones conflictivas la mediación puede evitar que el asunto termine en manos de un juez con el coste añadido que ello supone.
A pesar de la reticencia inicial que muchos propietarios de bajos manifiestan es importante recordar que un ascensor no solo cubre necesidades de accesibilidad. Su instalación o reparación puede incrementar de forma notable el valor de la vivienda. Diversos estudios estiman que la revalorización puede situarse entre un 20% y casi un 40% una cifra que convierte esta inversión en un elemento estratégico de cara a una futura venta. Esta mejora patrimonial suele servir como argumento definitivo para que muchos propietarios reconsideren su postura.