Tribunal Constitucional
El TC admite a tramite el recurso de Junqueras por no suspender el Supremo la ejecución de la condena del “procés” mientras el TJUE resolvía sobre su inmunidad
Estudiará tambíén el de Puigdemont contra su suspensión de cargos
El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por Oriol Junqueras contra la decisión de la Sala Penal del Tribunal Supremo de no suspender el pronunciamiento de la sentencia sobre el “procés” mientras se resolvía la cuestión prejudicial que el propio órgano judicial elevó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la inmunidad parlamentaria del recurrente.
El Tribunal aprecia que concurre una “especial trascendencia constitucional porque el recurso plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal” y porque “el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social y económica”. El Pleno ordena que se dirija atenta comunicación a la Sala Penal del Tribunal Supremo para que remita certificación o fotocopia adverada de las actuaciones correspondientes a los autos de 14 de octubre y de 18 de noviembre de 2019.
Por otro lado, el Pleno del Tc también ha admitido a trámite por unanimidad ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por Carles Puigdemont contra el auto del magistrado Pablo LLarena del 9 de julio de 2018 y el auto de la Sala de Recursos de la Sala Penal del Tribunal Supremo de 10 de julio de 2019, por el que se decretó la suspensión automática de funciones y cargos públicos en aplicación del art. 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En este caso, el Alto Tribunal aprecia también que en estel recurso concurre una especial trascendencia constitucional. porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina en este Tribunal.
Al concluir el sumario de la causa, el juez del Supremo Pablo Llarena acordó la suspensión de cargo público de cinco líderes independentistas, incluido Puigdemont, entonces procesados por rebelión en virtud del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Todos recurrieron su decisión -avalada después por una Sala del Supremo- al Tribunal Constitucional, que admitió a trámite todos los recursos e incluso se llegó a pronunciar sobre la postura del Supremo en relación con Junqueras y al exconseller Raül Romeva: la avaló y negó que pudiese tildarse de “arbitrario” o “irrazonable”.
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