Tribunales

El ICAM, que pide cuatro años de cárcel, sobre el juicio a García Ortiz: "Ninguna institución puede situarse por encima del derecho de defensa"

Ribón afirma que la decisión de sentarle en el banquillo confirma que el Colegio de Abogados actuó con "responsabilidad institucional" al querellarse contra el fiscal general

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz pronuncia un discurso en presencia del rey Felipe VI y de la presidenta del Tribunal Supremo y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Isabel Perelló, este viernes en el Tribunal Supremo. POOL Europa Press / David de Haro.POOL 05/09/2025
Álvaro García Ortiz, en el acto de apertura del Año Judicial el pasado día 5Europa Press / David de Haro.POOEuropa Press

El Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) -una de las acusaciones populares en la causa que ha terminado con el fiscal general en el banquillo, para quien pide una condena de cuatro años de prisión por revelación de secretos- considera que la decisión del juez del Tribunal Supremo Ángel Hurtado de abrir juicio oral contra Álvaro García Ortiz "confirma que ninguna institución, por elevada que sea, puede situarse por encima del derecho de defensa, del secreto profesional ni de las garantías procesales".

El decano de la institución colegial -que se querelló contra el máximo representante del Ministerio Público a raíz de la filtración de los datos reservados del novio de Isabel Díaz Ayuso, el empresario Alberto González Amador (el correo en el que admitía el fraude fiscal para llegar a un acuerdo con la Fiscalía)- asegura que la resolución "avala los fundamentos esenciales de la querella" presentada en marzo de 2024 "en defensa del secreto profesional, del derecho de defensa y de la integridad del sistema de justicia penal".

"Este auto de apertura de juicio oral", asegura el decano del ICAM, Eugenio Ribón, avala que el Colegio "actuó con sentido de responsabilidad institucional para defender el núcleo más esencial del ejercicio libre de la abogacía". De esta forma, recalca, "la Justicia da un paso firme en esa misma dirección, y lo hace con rigor jurídico, serenidad democrática y plena independencia. Obviamente con pleno respeto a la presunción de inocencia del acusado". No obstante, matiza que "será en sede de enjuiciamiento donde se depure la eventual responsabilidad penal cuyos indicios ya han quedado constatados".

Para el Colegio de Abogados de Madrid, el paso al frente del Supremo "confirma la existencia de indicios de graves vulneraciones al derecho fundamental de defensa, pilar de nuestro ordenamiento constitucional y sistema jurídico-penal". Y es que sigue defendiendo que esa filtración supuso "una merma para el derecho de defensa, con eventual repercusión en el derecho a la presunción de inocencia de un ciudadano y un claro deterioro para el instituto de la conformidad penal, que se asienta en el principio de buena fe y mutua lealtad entre acusación y defensa".

El ICAM hace hincapié de que la denuncia que interpuso se corresponde con el "deber estatutario e institucional de velar por los derechos de defensa, la confidencialidad y la integridad del ejercicio profesional de la abogacía". "Este Colegio, como institución representativa de cerca de 75.000 abogados y abogadas, mantiene su compromiso con la legalidad, la ética profesional y la independencia de la Justicia", señala en un comunicado.

"Refuerza el valor del secreto profesional"

Para la acusación, la decisión del juez Hurtado "refuerza el valor del secreto profesional como garantía de los ciudadanos ante el poder público, y como piedra angular del Estado de Derecho", por lo que insta a las instituciones a "respetar los límites que la ley impone al ejercicio de la función pública, incluso en sus más altas instancias, extremando el celo en la protección de los distintos resortes que el ordenamiento jurídico-penal ofrece".

La institución, advierte, "permanecerá vigilante y firme en la defensa de los principios fundamentales que rigen nuestra profesión y nuestro sistema de justicia, haciendo valer las garantías del proceso en todas sus dimensiones".

El ICAM reclama cuatro años de prisión para el fiscal general y que se le imponga una multa de 81.000 euros. Además, en su escrito de acusación pide que se le suspenda en el cargo durante tres años y que quede inhabilitado para ser fiscal general del Estado porque le acusa de divulgar ese correo de González Amador pese a que tenía el "deber de guardar secreto, no revelando información sensible".

"Perjuicios reputacionales"

El Colegio pone de relieve que García Ortiz "consciente del riesgo probatorio que corría en su contra, y con el fin de entorpecer la indagación judicial que preveía inminente, procedió a eliminar de la aplicación WhatsApp todos sus mensajes" una semana después de que el Tribunal Supremo abriera una investigación penal contra él y posteriormente "cambió su terminal de telefonía móvil" y también "procedió a eliminar" de su cuenta particular de correo electrónico "todos los correos" pese a que según su criterio "no existe ningún protocolo oficial de borrado de comunicaciones en aras de la protección de datos sensibles, ni norma específica que ampare tal proceder".

Su actuación, destaca el escrito de acusación, "han minado la credibilidad del Ministerio Fiscal y los principios de objetividad, imparcialidad y confianza que ha de presidir cualquier contacto de los profesionales de la Abogacía con el Ministerio Público, pues cualquier filtración, además del daño reputacional y la consiguiente lesión de derechos subjetivos, influye sustancialmente en el desarrollo del proceso con todas las garantías".

Asimismo, expuso, esa filtración causó "perjuicios reputacionales" a González Amador y "una merma del derecho al proceso con todas las garantías" y de su "derecho a la confidencialidad implícito en el secreto profesional que protege las conversaciones entre un abogado y el Ministerio Fiscal para negociar un acuerdo. Se trataba, recalcó el ICAM, de "conversaciones protegidas por la obligación de sigilo y reserva", por lo que la divulgación de ese reconocimiento del delito fiscal acarreó "la contaminación del órgano judicial en la fase final de enjuiciamiento" y, también, condicionó ese posible acuerdo de conformidad.