Independentismo

La decisión depende del Tribunal Supremo

Análisis sobre la situación de los presos independentistas tras la decisión de una juez de suspender el tercer grado

Comparecencia de los presos del 1-O tras la suspensión del tercer grado
El líder de ERC, Oriol Junqueras interviene en la comparecencia que él hace con los otros presos del 1-O hacen antes de su nuevo ingreso en prisión en Sant Joan de Vilatorrada, localidad próxima a la prisión de Llenoders, Barcelona, Catalunya (España), a 28 de julio de 2020. El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 5 de Catalunya ha aceptado hoy suspender el tercer grado de cinco de los presos del 1-O a raíz del recurso que la Fiscalía Provincial de Barcelona ha presentado este martes.Pau Venteo / Europa Press28/07/2020Pau VenteoEuropa Press

¿En qué situación se encuentran ahora los nueve condenados del «procés»?

Cinco de ellos ya han visto cómo el juez deja en suspenso el tercer grado que les concedió la Generalitat. Pero, además, dado que la Fiscalía también ha recurrido la aplicación del artículo 1000.2 y ello tiene efectos suspensivos cuando se trata de un recurso de apelación, todo hace indicar que seguirán el cumplimiento de la condena en régimen ordinario de segundo grado; sin ningún tipo de beneficio.

¿Quién lo tiene que acordar?

El tribunal que deba resolver en apelación esos recursos. En el caso de los presos del «procés», el Tribunal Supremo ya dejó claro, en la resolución donde revocó la concesión del 100.2 a Carme Forcadell, que era el órgano competente para resolver sobre la clasificación en grado con aplicación del citado artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario.

¿Qué sucede con el tercer grado?

Queda en suspenso hasta que, en última instancia, decida también el Tribunal Supremo, ya que como tribunal sentenciador es el encargado de resolver los recursos de apelación en lo que se refiere a progresión de grado de los internos.

¿Y si el juez de vigilancia ratificase el régimen de semilibertad?

Tampoco tendría incidencia directa e inmediata, ya que el recurso de apelación de la Fiscalía ante la Sala Penal del Supremo tiene también efectos suspensivos; por lo que seguirán en segundo grado hasta que, en su caso, el TS les diera la razón, algo francamente improbable a la vista de la decisión sobre la ex presidenta del Parlament.