Arnaldo Otegi

Una sentencia del TC abre la vía a indemnizar a Otegi

El líder independentista reclama al Estado por los años en prisión tras su absolución por el Tribunal Supremo

El ex portavoz de Batasuna, Arnaldo Otegi, reclamará una indemnización al Estado tras su absolución por el Supremo
El ex portavoz de Batasuna, Arnaldo Otegi, reclamará una indemnización al Estado tras su absolución por el Supremolarazon

Arnaldo Otegi no sólo podrá ser candidato u ocupar cualquier cargo público , sino que también se le abre la vía de poder reclamar al Estado una indemnización por los seis años y medio que de cárcel que cumplió por la condena que le impuso el Tribunal Supremo por intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna a través de Bateragune. La anulación de la misma, en aplicación de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos posibilita que, tal como señaló ayer su abogado, Íñigo Iruín, que presente una reclamación patrimonial por «error judicial», al igual que los otros cuatro condenados en primera instancia y absueltos tras la decisión del Tribunal de Estrasburgo.

En este sentido, fuentes jurídicas indicaron a LA RAZÓN que la posibilidad de que prosperen estas reclamaciones «es, objetivamente, alta. Tiene muchas posibilidades, porque Estrasburgo resolvió, cuando rechazó que España le indemnizara, por un «juicio injusto», pero ahora sería por una privación indebida, que no es lo mismo».

En este sentido, hay una sentencia que vendría a fundamentar buena parte de su reclamación: la dictada por el Tribunal Constitucional en junio de 2019 por la que se reconocía el derecho a indemnizar a los presos preventiivos que hubiesen sido absueltos posteriormente o se hubiese decretado posteriormente el sobreseimiento provisional. El Supremo y aplicó el pasado octubre. este decisión.

La sentencia del TC es más que relevante para que Otegi y los demás condenados por el «caso Bateragune» puedan justificar su petición de reclamación patrimonial, según las fuentes consultadas: «Si los presos preventivos tienen derecho a indemnización, con igual razón o más tienen los que han cumplido una condena que ha sido revocada».

A partir de ahora se iniciarán los trámites correspondientes que determinarán si el Estado debe indemnizar o no. Para ello, lo primero es solicitarla oficialmente ante el Ministerio de Justicia, para lo cual tiene un año de plazo. Posteriormente, Justicia solicitará los informes correspondientes, entre otros al Consejo General del Poder Judicial, el cual se deberá pronunciar sobre si existe o no alguna causa que justifique la responsabilidad patrimonial del Estado. La clave estará en determinar si ha existido o un «funcionamiento anormal de la Administración de Justicia». Ello es lo que inclinará la balanza a uno u otro lado, que, en todo caso, se limitaría a esa declaración, sin cuantificar la indemnización, en su caso. Si los informes concluyen que Otegi tiene derecho a indemnización, será Justicia el que fije la cuantía.

El defensor de los cinco condenados, argumentó que la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que en el caso del «error judicial» no es necesario otra sentencia que reconozca ese error porque el fallo del Supremo ya lo hace de forma «tácita» por lo que reclamarán la «responsabilidad patrimonial del Estado» y la indemnización correspondiente, Así, explicó que las sentencias del TEDH son «jurídicamente obligatorias» para los Estados pero «no ejecutivas», por lo que son los tribunales nacionales los que deben establecer cómo se aplican.